Presupuesto General de Gastos para el Año 2018
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CORRESPONDE A EXPTE. Nº 87.310/17.-

Visto:

El proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos presentado a consideración del Honorable Concejo Deliberante el día 30 de Noviembre de 2017, y atento a las modificaciones que fueron acordadas en las distintas reuniones celebradas.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Art. 1º        Fíjase en la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y CUATRO ($524.147.044,00) el Presupuesto General de Gastos para el Año 2018.- Se anexa a la presente la documentación emitida por Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Art. 2º        Estímase en la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y CUATRO ($524.147.044,00) el Cálculo de Recursos para el Año 2018 destinado a la financiación del Presupuesto de Gastos, de acuerdo a la programación de los recursos que surge del Formulario Nº 2 emitido por el Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Art. 3º        Los saldos que arroje al cierre del Ejercicio 2017 la cuenta Recursos con Afectación, serán transferidos al Ejercicio 2018, incorporándolas al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo; correlativamente se ampliará el Presupuesto de Gastos reforzando créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos; en ambos casos se respetará el destino a que deben ser aplicados los fondos en cuestión. La incorporación de saldos afectados al Cálculo de Recursos y nuevos conceptos al Presupuesto de Gastos se efectuará respetando los nomencladores vigentes respectivos.-

Art. 4º        Apruébase el Cuadro de Recursos Humanos por categoría programática por cargos emitido por el Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-

Art. 5º        Fíjase los Gastos de Representación para el Intendente Municipal en la suma mensual de PESOS QUINIENTOS ($500,00).-

Art. 6º        Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar en el Ejercicio 2018 la Bonificación por Antigüedad para todo el personal municipal conforme lo establecido en el Inciso b) del Artículo 72º de la Ley 14656 y las demás bonificaciones actualmente vigentes o que el mismo determine por Decreto.-

Art. 7º        Facúltase al Departamento Ejecutivo al uso transitorio de recursos del Municipio con afectación específica, conforme el Art. 69º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales de las Municipalidades, aprobadas por el Decreto 2980/00;debiendo el Departamento Ejecutivo en el mismo acto dar cuenta al Honorable Concejo Deliberante de la utilización de la autorización conferida en el presente artículo.

Art. 8º       Adhiérase el Departamento Ejecutivo a la Ley Provincial de Responsabilidad Fiscal Municipal Nº 14.984, promulgada por Decreto Nº 797/17.

Art. 9º        Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIOCHO   DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE     DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE

 

ORDENANZA Nº 6647/2017

 

 

  MARÍA PAMELA HERNANDEZ LUIS ANGEL BORIES

PRESIDENTE

H.C.D  SAAVEDRA-PIGÜÉ

SECRETARIA ADMINISTRATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

     MATÍAS NEBOT JORGE  LUIS RICCI
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ