Instalación de una Sala de Extracción de Miel comunitaria
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2018– Año del Centenario de la

Reforma Universitaria de 1918”

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 70.445/07.-

VISTO:

El Expediente N°70445/07, el Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley N° 26994, el Decreto-Ley 6769/58 y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial para el Partido de Saavedra, y

CONSIDERANDO:

Que el Código Civil de la Nación Argentina establece en su Capítulo IV – Limites de Dominio “ARTICULO 1970: Normas administrativas. Las limitaciones impuestas al dominio privado en el interés público están regidas por el derecho administrativo. El aprovechamiento y uso del dominio sobre inmuebles debe ejercerse de conformidad con las normas administrativas aplicables en cada jurisdicción.

Los límites impuestos al dominio en este Capítulo en materia de relaciones de vecindad, rigen en subsidio de las normas administrativas aplicables en cada jurisdicción.”

Así las cosas, las pautas del uso han de estar abonadas por las consabidas notas de tolerancia y racionalidad. Es que las restricciones y límites al dominio implican que deben soportarse aquellas incomodidades normales de la vecindad, denominada normal tolerancia. De las diferentes leyes en la materia deriva que las restricciones y límites al dominio implican que todo propietario tiene el deber de soportar aquellas incomodidades normales de la vecindad, apreciación en la que deben considerarse las condiciones que la vida moderna impone en las urbes, observando que la mera privación de ventajas, no da lugar a reclamos.

 

Que se deberán realizar las revisiones previstas en CAPITULO XII – IMPLEMENTACION Y SEGUIMIENTO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO URBANO Y TERRITORIAL, Punto; 12.2 Revisión Periódica. “La revisión periódica del Plan es cada 5 años, y se actualizará el Diagnóstico, detectando los cambios producidos y la eficacia del Plan de Ordenamiento Urbano y de las Normas de Zonificación, en función de los objetivos alcanzados.

Esta tarea se llevará a cabo en forma participativa, solicitando y receptando la O.T.M. las inquietudes de las Organizaciones Intermedias y otros actores de la Comunidad.

En esta oportunidad se producirán los ajustes normativos que sean necesarios y se efectuará el listado de nuevos proyectos y lineamientos que correspondan.

Se rescata el concepto de proceso de planeamiento y continuidad del Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial a través de su aplicación, revisión periódica y actualización.”

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades (L.O.M.) en su artículo 27 consagra “Corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar:

  1. – La radicación, habilitación y funcionamiento de los establecimientos comerciales e industriales…”.

Por estas consideraciones Todos los Bloques Políticos del Honorable Concejo

Deliberante Presentan para su consideración y posterior Aprobación el siguiente

 

 

O R D E N A N Z A

 

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

 

Artículo 1º:    Autorizase al Departamento Ejecutivo, a eximir con carácter de excepción a lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial (COT), para extender el permiso y factibilidad para la Instalación de una Sala de Extracción de Miel comunitaria a la Asociación de Productores Apícolas de Goyena; a radicarse en el Galpón de Ferrocarril y que fue cedido en comodato según consta en el presente expediente.

Artículo 2º: La presente autorización caducará de pleno derecho en caso que con motivo de la actividad realizada se produzca un impacto ambiental negativo que afecte a los habitantes de Goyena.

Artículo 3º: Se establece que independientemente al otorgamiento de la excepción deberá cumplir con los requerimientos exigidos en el COT, en su capítulo V – USOS DEL SUELO: DEFINICION Y CARACTERISTICAS – 5.6 USOS VARIOS – 5.6.12 Salas de Extracción de Miel.

Artículo 4°: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEITIOCHO  DÍAS  DEL MES DE NOVIEMBRE  DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO

 

ORDENANZA Nº 6721/2018

  MARÍA PAMELA HERNANDEZ LUIS ANGEL BORIES

PRESIDENTE

H.C.D  SAAVEDRA-PIGÜÉ

SECRETARIA ADMINISTRATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

MATÍAS NEBOT JORGE  LUIS RICCI
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ