6722

2018– Año del Centenario de la

Reforma Universitaria de 1918

CORRESPONDE A EXPTE Nº 88.767/18.-

VISTO:

La ordenanza Nº 5596/08 sancionada por el  Honorable Concejo Deliberante del Partido de Saavedra( Pigüé ) el día 22 de Octubre de 2008, relacionada con la creación en el ámbito del Partido de Saavedra de la “Comisión de Preservación del Patrimonio Urbano –Arquitectónico” y su  Decreto de promulgación Nº 1403/08; y

La ordenanza Nº 5695/09 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Saavedra (Pigüé) donde se aprueba el CÓDIGO DE PRESERVACIÓN PATRIMONIAL, en el cual se expresa la creación de un inventario de Bienes de Interés Patrimonial conformado por una serie de Fichas Patrimoniales; y

CONSIDERANDO:

La creación del Inventario de Bienes de Interés Patrimonial (ordenanza Nº 5818/10)

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

 

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

 

ARTICULO 1º: Declárese “Bien Patrimonial” el inmueble que se detalla a continuación:

Rancho de Adobe en Dufaur: -ubicada en la calle: J.M. de  Rosas Nº 379 de la localidad de Dufaur, Nomenclatura Catastral: Circ: VI, Secc: A, Mz: 4,Parc:9, Partida:2867.

ARTICULO 2º: Incorpórese al Inventario de Bienes de Interés Patrimonial el inmueble mencionados en el Artículo 1º

Artículo 3º: Se adjunta la Ficha Patrimonial del inmueble, la cual pasará a formar parte del Inventario Patrimonial

 

Artículo 4º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEITIOCHO  DÍAS  DEL MES DE NOVIEMBRE  DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO

 ORDENANZA Nº 6722/2018

  MARÍA PAMELA HERNANDEZ LUIS ANGEL BORIES

PRESIDENTE

H.C.D  SAAVEDRA-PIGÜÉ

SECRETARIA ADMINISTRATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

MATÍAS NEBOT JORGE  LUIS RICCI
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ