Desígnación de calles Loteo de Cooperativa Agrícola Limitada “La Alianza"
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CORRESPONDE A EXPTE Nº   8831/19

VISTO:

                   La existencia de calles sin nombres en el loteo  perteneciente a la Cooperativa Agrícola Limitada “La Alianza” y,

CONSIDERANDO:

Que dicha Cooperativa, ha solicitado a este Honorable Cuerpo, la denominación de las calles internas del loteo de su propiedad.

Que es responsabilidad de este cuerpo la denominación de las calles del distrito.

Que las arterias se encuentran actualmente sólo identificadas con números y que los nombres seleccionados  han surgido del consenso entre la Cooperativa y los Concejales.

Que es un pedido de los vecinos de este barrio, dado que para  todo trámite de habilitación de servicios públicos y/o privados y  trámites personales, se debe contar con un domicilio fijo y existente.

Que los nombres  elegidos “13 DE ABRIL” y “COOPERACIÓN”  responden a la fecha de fundación de la Cooperativa Agrícola Ganadera Limitada “La Alianza” y al propósito de mantener vivo el espíritu cooperativista.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Desígnase con el nombre “13 de Abril”,  a la calle comprendida entre  Av. Circunvalación  y  La Pampa, que linda al NE. con calle Av. Circunvalación, al SE. con la Manzana 90 AS, al SO. con calle La Pampa y al NO. con Manzana 90 AR .Su numeración comienza en el Nº 900, en sentido Sur-Norte

Artículo 2º: Desígnase con el nombre “Cooperación”, a la calle comprendida entre  calle Av. Circunvalación  y La Pampa, que linda al NE con Av. Circunvalación, al SE. Con Diag. Misiones al SO con calle La Pampa y al NO con calle a designar en el Art. Nº 1. Su numeración comienza en el Nº 450 en sentido Sur-Norte

Artículo 3º: Desígnase como continuación de calle La Pampa, comenzando con la numeración desde el 800, en sentido Oeste a Este,  a la calle comprendida entre  calle  Colón  y  Diagonal Misiones, que linda al NE. con parte de la Manzana 90 AR y con parte de la manzana 90 AT, al SE. con calle Diag. Misiones, al SO. con parte de la Manzana 90 AW, al NO. con calle Colón.

Artículo 4º: Desígnase como continuación de calle Colón, del 700 en adelante y en sentido Sur-Norte. a la calle comprendida entre  Ruperto Tanco  y  Av. Circunvalación, que linda al NE. con Av. Circunvalación, al SE con la Manzana 90 AR, al S0 con calle La Pampa, y al NO con espacio verde libre y público.

Artículo 5º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DOS DÍAS  DEL MES DE OCTUBRE   DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE

 ORDENANZA Nº 6817/2019

  MARÍA PAMELA HERNANDEZ LUIS ANGEL BORIES

PRESIDENTE

H.C.D  SAAVEDRA-PIGÜÉ

SECRETARIA ADMINISTRATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
 

 

 

 

 

 

 

MATÍAS NEBOT JORGE  LUIS RICCI
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ