6862
CORRESPONDE A EXPTE Nº 90.942/2020.-
VISTO:
La nota presentada por el titular del inmueble, a fs. 1, Partida Nº 15008, solicitando la Escritura Pública de Cancelación de Hipoteca, sobre el mencionado inmueble; y:
CONSIDERANDO:
Que, el informe del Asesor Letrado Municipal, a fs. 13. no encuentra objeción para librar la mencionada escritura
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar la escritura de cancelación de hipoteca de la unidad habitacional identificada catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Quinta 31,Manzana 31-r, Parcela 6, Partida Nº.- 15.008, de Pigüé.
Artículo 2º: A los efectos de proceder a la escrituración del inmueble Partida Nº 15.008, dése intervención a la Escribanía General de Gobierno, a fin de realizar dicha tramitación.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTE
ORDENANZA Nº 6862/2020
MARÍA PAMELA HERNANDEZ CARLOS A. GRIGORIADES
SECRETARIA ADMINISTRATIVA PRESIDENTE H.C.D
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
MATÍAS NEBOT NATALIA SANTOS
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ