6866
CORRESPONDE A EXPTE Nº 90.948/2020.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Articulo 1º: Exímese del pago de la deuda correspondiente a la segunda cuota de la Tasa de Seguridad e Higiene, cuyo vencimiento operó el día 08 de abril de 2020, a los comercios considerados no esenciales, que a partir de las medidas de restricción dispuestas por la Nación, Provincia y el Municipio no pudieron desempeñar su actividad durante las últimas semanas.
Articulo 2º: A aquellos contribuyentes que se encuentren alcanzados por el Artículo 1º del presente y a la fecha hubieran abonado la segunda cuota de la Tasa de Seguridad e Higiene, se le imputará el pago efectuado a la tercera cuota.-
Articulo 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTE
ORDENANZA Nº 6866/2020
MARÍA PAMELA HERNANDEZ CARLOS A. GRIGORIADES
SECRETARIA ADMINISTRATIVA PRESIDENTE H.C.D
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
MATÍAS NEBOT NATALIA SANTOS
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ