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2020– “Año del General Manuel Belgrano”

CORRESPONDE A EXPTE Nº 78189/2012 unif. con 91.373/2020

VISTO

La solicitud realizada por los adjudicatarios de un lote en el Sector Industrial Planificado  de Pigüé, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción II, Sección F, Chacra 159, Fracción VIII, Parcela 4, Partida Nº 15086 a fin de transferir dicho lote a un tercero

CONSIDERANDO

Que, los Sres. Pippa Hernández y Mosegui adquirieron el mencionado lote de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 6087/2012.

Que, conforme manifiestan en nota agregada al expediente, por problemas personales y económicos les fue imposible poner en marcha el emprendimiento productivo que tuvieron a la vista al momento de  adquirir el terreno

Que el señor Catriel Monti, se encuentra interesado en adquirir los derechos en  el citado lote, a fin de emplazar en ese lugar su emprendimiento de producción de agua destilada

Que la posibilidad planteada por los interesados redundaría en un beneficio para la comunidad toda, además de contribuir a la revitalización del Sector Industrial Planificado de Pigüé.

Que resutla de vital importancia promover el desarrollo productivo local e incentivar la instalación de nuevos emprendimientos que tengan la potencialidad de generar empleos en beneficio de las economías locales.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

 O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Art. 1º             Facúltese al Departamento Ejecutivo, a autorizar a los Señores Cintia   Adriana Pippa Hernández (DNI 26.571.647) y Germán Walter Mosegui ( DNI 21.510.120) la cesión de sus derechos sobre el lote

 

Circunscripción II, Sección F, Chacra 159, Fracción VIII, Parcela 4, Partida Nº 15.086, a favor del Sr. Catriel Monti (DNI 30.602.878), con destino a una Planta de producción de agua destilada y depósito.

Art. 2º         Facúltese al Departamento Ejecutivo a suscribir con quien resultare cesionario-Sr. Catriel Monti- el convenio respectivo en los términos del Artículo 7º de la Ordenanza Nº 4872/02.-

 

Art  3º              Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese

 DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE  DEL AÑO DOS MIL VEINTE

ORDENANZA Nº 6925/2020

MARÍA PAMELA HERNANDEZ                                  CARLOS A. GRIGORIADES

SECRETARIA ADMINISTRATIVA                                PRESIDENTE H.C.D

H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ                                           H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

 

 

MATÍAS NEBOT                                                            NATALIA SANTOS

SECRETARIO LEGISLATIVO                                         SECRETARIA LEGISLATIVA

H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ                                            H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ