Autorízación al Departamento Ejecutivo, a eximir con carácter de excepción, de los requisitos establecidos en el Articulo Nº 10 de la Ordenanza Nº 6697/18
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2020– “Año del General Manuel Belgrano”

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 9015/2020

VISTO:

La solicitud de los propietarios de uno de los carritos ubicados en la localidad de Pigüé y la Ordenanza Nº 6697/2018.

CONSIDERANDO:

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su artículo 27, Faculta al Honorable Concejo Deliberante a otorgar habilitaciones.

Que dicho carrito está ubicado fuera de la zona permitida, según el artículo Nº 10 de la Ordenanza Nº 6697/2918, por encontrarse sobre la Avenida Rastreador Fournier Nº 100 en el predio del Ferrocarril y no sobre la Avenida Avellaneda.

Que a pesar de lo mencionado en el párrafo anterior, en septiembre de 2019, bajo el número de inscripción 10.248 del Registro Comercial e Industrial de la Municipalidad de Saavedra dicho carrito había sido habilitado por el gobierno local.

Que a partir de este antecedente sus propietarios realizaron la reapertura del establecimiento en el corriente año entendiendo que el procedimiento de habilitación sería el mismo, lo que los llevó a realizar las inversiones, readecuaciones y pasos legales correspondientes.

Que hoy el carrito en cuestión es un emprendimiento genuino que brinda empleo y oportunidad de esparcimiento al aire libre en un contexto complejo como el que estamos atravesando.

Que el objetivo de la presente excepción no es contradecir a la normativa vigente sino realizar las actualizaciones necesarias para responder a la dinámica social y económica como consecuencia de la pandemia y atender las necesidades reales de los vecinos y vecinas.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a eximir con carácter de excepción, al Sr. Casimón, Eric Josué DNI 33.769.987 de los requisitos establecidos en el Articulo Nº 10 de la Ordenanza Nº 6697/18, hasta el primero de Mayo del 2021

ARTÍCULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a eximir con carácter de excepción, al Sr. Casimón, Eric Josué, DNI 33.769.987 de lo normado por el Artículo 18 inciso a) de la Ordenanza Nº 6697/18, hasta el primero de Mayo del 2021.

ARTICULO 3º Comuníquese Regístrese, y Cumplida, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECIOCHO  DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE  DEL AÑO DOS MIL VEINTE

 

ORDENANZA  Nº 6932/2020

MARÍA PAMELA HERNANDEZ                                  CARLOS A. GRIGORIADES

SECRETARIA ADMINISTRATIVA                                PRESIDENTE H.C.D

H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ                                           H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

 

 

MATÍAS NEBOT                                                            NATALIA SANTOS

SECRETARIO LEGISLATIVO                                         SECRETARIA LEGISLATIVA

H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ                                            H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ