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CORRESPONDE A EXPTE. Nº   9044/2021.-

“DENOMINACION DE CALLES EXISTENTES EN GOYENA”

V I S T O

                 La incorporación de nuevos vecinos y viviendas en calles de la localidad de Goyena, y:

C O N S I D E R A N D O

                                          Que, se han construido y habitado diferentes inmuebles en la localidad de Goyena en calles ya existentes pero que aún no poseen una denominación oficial, ni nomencladores que identifiquen las mismas, ya que hasta el momento eran caminos de ingreso y egreso de la misma.

                                          Que, por diferentes motivos administrativos los vecinos que habitan esas calles necesitan poseer la identificación y numeración de las mismas.

                                          Que, inclusive por razones de seguridad, tanto para policía, bomberos y salud, es sumamente necesario identificar las calles de la localidad para una más eficiente asistencia cuando así es requerida.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y

HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

ARTÍCULO 1º: Denomínese en la localidad de Goyena, con el nombre de “ISLAS MALVINAS” a la calle sin nombre que comienza en la Avenida Modesto González y finaliza en el ingreso al cementerio local, en sentido norte-sur del plano catastral correspondiente. Iniciando con el 0 en la misma Avenida Modesto González.

ARTÍCULO 2º: Denomínese en la localidad de Goyena, con el nombre de “ARA GENERAL BELGRANO” a la calle sin nombre, cuya traza es continuación de la Avenida Ceres a partir de la Avenida El Paredón, finalizando su traza en la sección chacras, en sentido este-oeste del plano catastral correspondiente. Iniciando con el 0 en la Avenida El Paredón.

ARTÍCULO 3º: Denomínese en la localidad de Goyena, con el nombre de “PUERTO ARGENTINO” a la calle sin nombre, cuya traza comienza en la Avenida El Paredón, finalizando su traza en la sección chacras, en sentido este-oeste del plano catastral correspondiente. Iniciando con el 0 en la Avenida El Paredón.

ARTÍCULO 4º: Denomínese en la localidad de Goyena, con el nombre de “HEROES DE MALVINAS” a la calle sin nombre, cuya traza comienza en la calle ARA General Belgrano, finalizando su traza en la sección chacras, en sentido norte-sur del plano catastral correspondiente. Iniciando con el 0 en la calle ARA General Belgrano.

ARTÍCULO 5º: Denomínese en la localidad de Goyena, con el nombre de “ALEJANDRO GARCIA” a la calle sin nombre, cuya traza comienza en el acceso a Goyena desde ruta Nacional Nº 33, finalizando su traza en Avenida Alsina al 600, en sentido este-oeste

del plano catastral correspondiente. Iniciando con el 0 en el acceso desde ruta 33.

ARTÍCULO 6º: Dispóngase a través de la Secretaria de Obras Públicas, la demarcación y señalización con cartelería de las nuevas calles asignadas a la localidad de Goyena.

ARTÍCULO 7º:Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese. – 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIUN   DÍAS DEL MES DE ABRIL    DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO

ORDENANZA Nº 6995/2021

 

MARÍA PAMELA HERNANDEZ                                  CARLOS A. GRIGORIADES

SECRETARIA ADMINISTRATIVA                                PRESIDENTE H.C.D

H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ                                           H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

 

 

MATÍAS NEBOT                                                            NATALIA SANTOS

SECRETARIO LEGISLATIVO                                         SECRETARIA LEGISLATIVA

H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ                                            H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ