7053
CORRESPONDE A EXPTE Nº 55.287/96
VISTO:
El Decreto Nº 272/1996 por el cual se encuentra adjudicada definitivamente a la Sra. Zulema Bullita D.N.I. Nº 11.798.321, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II; Sección C, Quinta 31, Manzana 31 m, Parcela 14988 de la localidad de Pigüé y;
CONSIDERANDO:
- Que, conforme se desprende del informe de Rentas de la Municipalidad, la señora Bullita ha abonado la totalidad de la vivienda de referencia.
- Que el artículo 54º de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone:” Corresponde al Concejo autorizar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad, así como su disposición para la constitución de fideicomisos. Estos contratos sólo deberán tener el tratamiento previsto en los artículos 46º a 50º de la presente Ley cuando se contemple la emisión de títulos valores a cuyo repago y/o garantías se afecten recursos de libre disponibilidad o fondos correspondientes al Régimen de Coparticipación”.
- Que el artículo 55º de la referida norma establece: “El Concejo autorizará las transmisiones, arrendamientos o gravámenes de los bienes públicos y privados municipales por mayoría absoluta del total de sus miembros…”
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Adjudícase a la señora ZULEMA BULLITA, D.N.I. Nº 11.798.321, la vivienda ubicada en la localidad de Pigüé, designada catastralmente como: Circunscripción II; Sección C, Quinta 31, Manzana 31- m, Parcela 10, Partida 14988,de la localidad de Pigüé
Artículo 2º: Autorizase la transmisión de dominio del inmueble de acuerdo a lo establecido en los artículos 54º y 55º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Quinta 31, Manzana 31-m, Parcela 10, Partida 14988, de la localidad de Pigüé, a favor de la señora ZULEMA BULLITA, D.N.I. Nº 11.798.321.-
Artículo 3 º: Desígnase a la Escribana Laura Gómez, para efectuar la escritura traslativa de dominio del inmueble, corriendo por cuenta de la adjudicataria todos los gastos de la misma.
Artículo 4º:Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO
ORDENANZA Nº 7053/2021
MARÍA PAMELA HERNANDEZ
SECRETARIA ADMINISTRATIVA H.C.D. SAAVEDRA.PIGÜÉ. |
CARLOS A. GRIGORIADES
PRESIDENTE H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ |
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MATÍAS NEBOT | NATALIA SOLEDAD SANTOS | |||
SECRETARIO LEGISLATIVO | SECRETARIA LEGISLATIVA | |||
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ | H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ |