AUTORIZACIÓN MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Y TRANSFERENCIA DE FONDOS PAGO ANESTESISTAS
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 94005/2022.-

VISTO:

Las Ordenanzas 6621/17, 6645/17, 6680/18, 6739/18, 6836/19, 7022/21 y 7097/22, y la necesidad de garantizar una adecuada prestación del servicio de anestesia en el Hospital y Maternidad Municipal de la ciudad de Pigüé; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Ordenanzas 6621/17, 6645/17, 6680/18, 6739/18, 6836/19, 7022/21 y 7097/22 se autorizaron o convalidaron sucesivos contratos suscriptos con la Sociedad de Anestesia, Analgesia y Reanimación de Bahía Blanca y se autorizó el uso del FOMTEC para el pago de dicho servicio,

Que, el servicio de anestesia y analgesia reviste una importancia fundamental para la salud pública del Distrito, a fin de garantizar la correcta prestación de las intervenciones programadas y aquellas requeridas con carácter de urgencia o emergencia,

Que, atento a encontrarse vencido el convenio suscripto con la mencionada Sociedad de Anestesia, Analgesia y Reanimación ha surgido la posibilidad de garantizar la prestación con profesionales especialistas y con matrícula habilitante para el ejercicio de la anestesiología que residen en la localidad de Pigüé,

Que, en virtud de lo expuesto, se procedió a la suscripción de un convenio con los mencionados profesionales, por el plazo de dos meses a fin de cubrir el servicio,

Que, cabe destacar que, previo a la firma de un convenio con la Sociedad de Anestesia, fueron dos de los profesionales contratados quienes garantizaron el servicio en el Hospital Municipal, a los que se ha sumado un nuevo profesional,

Que, resulta importante destacar que, durante la vigencia del convenio con la Sociedad de Anestesia, dicha institución cubría el servicio, en buena medida con los anestesiólogos aquí contratados,

Que, atento la particularidad del servicio, por la excepcionalidad que actualmente reviste la especialidad – dificultad en toda la Provincia y en el país de garantizar la concurrencia de profesionales, se ha considerado la presente como una opción superadora,

Que, si bien los recursos obrantes en el PROMTEC tienen como destino específico la inversión permanente en el Hospital Municipal, el servicio de anestesiología resulta indispensable para el normal funcionamiento del nosocomio,

En virtud de lo expuesto, a fin de garantizar el correcto funcionamiento del Servicio de Anestesia y Analgesia del Hospital Municipal de Pigüé, indispensable para dar adecuada respuesta a los pacientes del sistema de salud municipal,

POR ELLO,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias y transferencias de fondos que resulten necesarias para el pago de los convenios suscriptos en el marco del Expediente Nº 94.005/22 para los servicios prestados en julio y agosto de 2022.

ARTÍCULO 2º:  Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese. –

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

ORDENANZA Nº 7144/2022