CÁLCULO DE RECURSOS Y PRESUPUESTO DE GASTOS EJERCICIO 2023
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 94.537/2022.-

(MODIFICADA POR ORD. Nº 7330/2023)

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

 

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

 

Artículo 1º: Fíjase en la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES VEINTISEIS MIL QUINIENTOS CUATRO ($5.744.026.504,00) el Presupuesto General de Gastos para el Año 2023.- Se anexa a la presente la documentación emitida por Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza. –

Artículo 2º: Estímase en la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES VEINTISEIS MIL QUINIENTOS CUATRO ($5.744.026.504,00) el Cálculo de Recursos para el Año 2023 destinado a la financiación del Presupuesto de Gastos, de acuerdo a la programación de los recursos que surge del Formulario Nº 2 emitido por el Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza. –

Artículo 3º: Los saldos que arroje al cierre del Ejercicio 2022 la cuenta Recursos con Afectación, serán transferidos al Ejercicio 2023, incorporándolas al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo; correlativamente se ampliará el Presupuesto de Gastos reforzando créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos; en ambos casos se respetará el destino a que deben ser aplicados los fondos en cuestión. La incorporación de saldos afectados al Cálculo de Recursos y nuevos conceptos al Presupuesto de Gastos se efectuará respetando los nomencladores vigentes respectivos. –

Artículo 4º: Apruébase el Cuadro de Recursos Humanos por categoría programática por cargos emitido por el Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza. –

Artículo 5º: Fíjase los Gastos de Representación para el Intendente Municipal en la suma mensual de PESOS QUINIENTOS ($500,00). –

Artículo 6º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar en el Ejercicio 2023 la Bonificación por Antigüedad para todo el personal municipal conforme lo establecido en el Inciso b) del Artículo 72º de la Ley 14656 y las demás bonificaciones actualmente vigentes o que el mismo determine por Decreto. –

Artículo 7º: Facúltase al Departamento Ejecutivo al uso transitorio de recursos del Municipio con afectación específica, conforme el Art. 69º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales de las Municipalidades, aprobadas por el Decreto 2980/00.-

Artículo 8º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese. –

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.

 

ORDENANZA Nº 7216/2022