CORRESPONDE A EXPTE Nº 95034/2023.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Autorízase al Intendente Municipal a suscribir con la Universidad Provincial del Sudoeste (UPSO) un Convenio de Colaboración en el marco de las diversas acciones mancomunadas llevadas adelante, tendientes a contribuir el desarrollo del Sudoeste de la Provincia de Buenos Aires, donde las partes acuerdan ratificar su voluntad de continuar trabajando conjuntamente en actividades de índole académicas, técnicas y de extensión en el marco de políticas y programas de apoyo al desarrollo local y regional que la UPSO lleva a cabo en toda la región de sudoeste bonaerense, y el Municipio asume a su exclusivo cargo, por sí o a través de terceras personas, las tareas de limpieza de la Sede Académica de la UPSO en el distrito de Saavedra; por el término de dos (2) años a partir de la fecha de su firma, renovándose automáticamente por iguales períodos.-
Artículo 2º: Autorícese al Intendente Municipal a efectuar el pago de terceras personas para tareas de limpieza en un monto establecido que no supere los haberes percibidos de un Empleado Municipal con categoría 4, régimen laboral de 12 horas semanales. –
Artículo 3º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.
ORDENANZA Nº 7245/2023