CORRESPONDE A EXPTE Nº 9490/2023
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 6755/2019 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Establézcase para el radio urbano de la ciudad de Pigüé, los sentidos de circulación, y estacionamiento, en base al siguiente detalle:
- Calle Diagonal Uruguay: Doble sentido de circulación, desde calle Sarmiento hasta Avenida La Salle;
- Calle Diagonal Uruguay: Prohíbase el estacionamiento en ambas manos, en el tramo comprendido entre calles Balcarce y Aveyron.
- Calle Diagonal Uruguay: Según sentido de circulación hacia calle Sarmiento, prohíbase el estacionamiento sobre mano derecha, en el tramo comprendido entre Avenida La Salle y Conesa.
- Calle Aveyron:Sentido único de circulación, desde Diagonal Uruguay a Avenida Cura Malal.
- Calle Paunero: Doble sentido de circulación, entre las calles Aveyron y Güemes, con prohibición de estacionar en ambas manos.
- Calle Juan José Paso: Sentido único de circulación, desde Avenida La Salle a calle Matheu.
- Calle Güemes:Sentido único desde calle Paunero a Diagonal Uruguay. “
Artículo 2º: Envíese copia de la presente a la Oficina de Inspección Municipal y al área de Prensa, para realizar las acciones correspondientes a la implementación y difusión de la presente. –
Artículo 3º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.
ORDENANZA Nº 7274/2023