AUTORIZACIÓN CONVENIO CESIÓN DERECHOS Y ACCIONES, Y DECLARAR PRESCRIPCIÓN ADMINISTRATIVA ASOC. BOMBEROS VOLUNTARIOS ESPARTILLAR
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 95.469/2023.-

 

VISTO:

            La necesidad de proceder a la regularización dominial de una fracción de terreno, designada según título como Manzana Q; Lote 1; designado catastralmente como Circunscripción III; Sección B; Manzana 34; Parcela 6; Partida 8363; inscripto el dominio en La Plata al Nro. 72295; Folio 157 del año 1935 del Registro del Partido de Saavedra (092), y una fracción de terreno, designada según título como Manzana Q; Lote 2; designado catastralmente como Circunscripción III; Sección B; Manzana 34; Parcela 5; Partida 3871;  inscripto el dominio en La Plata al  72295;  Folio 157 del año 1935 del Registro del Partido de Saavedra (092) cuya titularidad registral sigue en cabeza de Antonio Capeci, y;

 

CONSIDERANDO:

Que, la Asociación de Bomberos Voluntarios de Espartillar ejerció la posesión pública, pacífica e ininterrumpida del inmueble durante más de veinte años.

Que, la Asociación de Bomberos Voluntarios de Espartillar cuenta con amplias actividades vigentes, con un nombre, una trayectoria ya reconocida por lo eficiente e impecable en todas las actividades en beneficio de la comunidad toda de Espartillar; siempre funcionando desde hace más de 20 años en el inmueble que se somete al proceso de prescripción administrativa.

Que, resulta de vital importancia para la Asociación de Bomberos Voluntarios de Espartillar regularizar el dominio de este inmueble atento que el mismo forma parte de sus instalaciones normales y habituales para las actividades propias del Cuartel

Que, la ley 24.320 habilita a los estados municipales a iniciar procesos de prescripción administrativa en pos de regularizar dominios a su favor.

Que, mediante convenio de cesión de derechos y acciones posesorias la Asociación de Bomberos Voluntarios de Espartillar cedió todos derechos y acciones que detenta sobre el inmueble. –

Que, en consecuencia, deberá procederse a realizar escritura declaratoria de prescripción adquisitiva, conforme los términos dispuestos en la Ley Nacional Nro. 24.320.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio de Cesión de Derechos y Acciones Posesorias suscripto con la ASOCIACIÓN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE ESPARTILLAR. –

Artículo 2º: Declarar la prescripción administrativa a favor de la Municipalidad del partido de Saavedra – Pigüé, del inmueble designado según título como Manzana Q; Lote 1; designado catastralmente como Circunscripción III; Sección B; Manzana 34; Parcela 6-a; Partida 8363; inscripto el dominio en La Plata al Folio 157 del año 1935 del Registro del Partido de Saavedra (092) con sus respectivas medidas, superficies, linderos.

Artículo 3º: Solicitar la cancelación de la inscripción del dominio en La Plata al Nro. 72295; Folio 157 del año 1935 del Registro del Partido de Saavedra (092).

Artículo 4º: Declarar la prescripción administrativa a favor de la Municipalidad del partido de Saavedra – Pigüé, del inmueble designado según título como Manzana Q; Lote 2; designado catastralmente como Circunscripción III; Sección B; Manzana 34; Parcela 5-a; Partida 3871; inscripto el dominio en La Plata al Folio 157 del año 1935 del Registro del Partido de Saavedra (092) con sus respectivas medidas, superficies, linderos.

Artículo 5º: Solicitar la cancelación de la inscripción del dominio en La Plata al Nro. 72295 Folio 157 del año 1935 del Registro del Partido de Saavedra (092).

Artículo 6º: Designar a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a fines de realizar los actos notariales de rigor para obtener las inscripciones dominiales, por parte de la Dirección Provincial del registro de la Propiedad Inmueble.

Artículo 7º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS UN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS.

ORDENANZA Nº 7319/2023