CENTRO DE INTEGRACION COMUNITARIA (CIC)
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 95930/2024

 VISTO:                                                                                  

El proyecto de puesta en funcionamiento del “Centro de Integración Comunitaria” (C.I.C.), y

CONSIDERANDO:

Que, frente a la complejidad de la trama social, la profundización de situaciones económicas adversas, trayectorias laborales informales o inexistentes y un sistema que polariza y fragmenta cada vez más nuestro cotidiano, implementar espacios de debate, participación y construcción colectiva nos permite pensar estrategias que den respuesta a la realidad pensando en la lógica de desarrollo local y fortalecimiento socio comunitario.

Que el C.I.C. será un espacio abierto, diverso, habitado por muchos y construido entre todos para generar actividades asociativas de interés comunitario, por lo que la disposición estará con amplio horario y con la accesibilidad sin delimitaciones barriales, sino como centro que reunirá a quienes se sientan parte de él y participen en su sostenimiento.

Que resulta indispensable para encausar el proyecto la utilización del inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección F, Manzana 160F, parcela 13, Partida 10043, calle Mathew 60 de la localidad de Pigüé.

Que recuperar este espacio no solo en términos edilicios, sino fundamentalmente simbólico, resulta un compromiso tan complejo como ineludible.

Que el artículo 27 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/1958) dispone que corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar la instalación y el funcionamiento de establecimientos sanitarios y asistenciales; de difusión cultural y de educación física; de servicios públicos y todo otro de interés general en el partido, en la medida que no se opongan a las normas que al respecto dicte la Provincia. (conf. Inc. 9)

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º:  Crease en el ámbito del Distrito de Saavedra el programa del “Centro de Integración Comunitaria” (C.IC.) el cual funcionará como unidad descentralizada, dependiendo directamente, de la Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario, Área de Promoción Social, Alimentación y Hábitat.

Artículo 2º: El mencionado programa desarrollará sus actividades en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección F, Manzana 160F, parcela 13, Partida 10043, calle Mathew 60 de la localidad de Pigüé.

Artículo 3º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

 

ORDENANZA Nª 7370/2024

EDUARDO DANIEL METZLER
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

MARIA PAMELA HERNANDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

   

MARIANO MANSILLA
PRESIDENTE
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ

 

 

SILVANA MARÍA ERCOLI
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ