Creando Plan de Regularización de lotes en el Sector Industrial de Saavedra
image_print

CORRESPONDE A EXPTE Nº 96011/2024

 VISTO:

La solicitud presentada desde el Departamento Ejecutivo para la creación de un programa de prórroga para adjudicatarios de terrenos en la Zona Industrial de Saavedra.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Créase el “Plan de Regularización de lotes del S.I.P. Saavedra”

Artículo 2º: “El Plan de Regularización de lotes del S.I.P. Saavedra” tiene como objeto, adoptar mecanismos administrativos conducentes a regularizar la situación de los adquirientes de lotes en el Sector Industrial Planificado de la localidad de Saavedra, conforme a lo establecido por Ordenanza 4775/2002 y el contrato inicial de compraventa.

Artículo 3º: La autoridad de aplicación de la presente será la Secretaría de Desarrollo Económico.

Artículo 4º:  La autoridad de aplicación deberá:

  1. Articular acciones de aprobación, fiscalización y control, conjuntamente con otras áreas con competencia en las distintas dimensiones comprendidas en el “Plan de Regularización del S.I.P. Saavedra”.
  2. Establecer un lugar de entrega y recepción de la documentación requerida, en la localidad de Saavedra para dar cumplimiento de los incisos c y d del presente artículo.
  3. Establecer la fecha de inicio y por un lapso de 30 (treinta) días corridos para el período de solicitud de prórroga.
  4. Establecer la fecha de inicio y por un lapso de 30 (treinta) días corridos para la recepción de la documentación correspondiente al “Plan de Ejecución y Finalización de Obras” incluyendo documentación y planos avalados por profesionales y aprobados según normativa vigente.
  5. Establecer la fecha de inicio y por un lapso de 18 (dieciocho) meses consecutivos para la ejecución y finalización de obras y puesta en marcha del proyecto presentado por cada adjudicatario.
  6. Publicar y dar debida difusión sobre todo lo referente a este “Plan de Regularización del S.I.P. Saavedra”.

Artículo 5º: Los adjudicatarios que, a la fecha de la promulgación de la presente, se encuentren en proceso o aún no hayan iniciado la actividad para lo cual adquirieran un lote, deberán:

  1. Solicitar, completar y entregar la solicitud de prórroga que pondrá a disposición la autoridad de aplicación.
  2. Presentar el proyecto actualizado para el cual se le otorgó el lote en el S.I.P. Saavedra a la autoridad de aplicación.
  3. Presentar un nuevo proyecto, si el original para el cual le fuera otorgado el lote no fuera viable, conforme al artículo 3º de la Ordenanza Nº 4775/2002.
  4. Conforme a lo establecido en el artículo 4º de la presente, presentar el correspondiente “Plan de Ejecución y Finalización de Obras” incluyendo documentación y planos avalados por profesionales y aprobados según normativa vigente.

Artículo 6: En caso que el adjudicatario hubiere fallecido, sus sucesores podrán adherir al “Plan de Regularización de lotes del S.I.P. Saavedra”. A tal efecto deberán cumplir con los términos y condiciones establecidos por la presente ordenanza, incluyendo la constancia de inicio del trámite del proceso sucesorio. Previo al otorgamiento de la escritura traslativa de dominio deberán acompañar asimismo la correspondiente Declaratoria de Herederos.

Artículo 7: Para aquellos adjudicatarios de terrenos que no hayan cumplido con los términos establecidos en la Ordenanza  4775/2002, el contrato de compra venta y no adhiriesen al “Plan de Regularización de lotes del S.I.P. Saavedra”, caducará el acto administrativo original de adjudicación, de acuerdo al artículo 119º de la Ley de Procedimiento Administrativo Provincial Nº 7647/70, quedando facultado el Departamento Ejecutivo a arbitrar los medios correspondientes para proceder a la desadjudicación de los mismos.

Artículo 8º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

ORDENANZA Nª 7389/2024

EDUARDO DANIEL METZLER
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

MARIA PAMELA HERNANDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

   

GRISELDA N. CLEDOU
PRESIDENTE
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ

 

 

SILVANA MARÍA ERCOLI
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ