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CORRESPONDE A EXPTE Nº 9675/2024
VISTO: la necesidad de mantener viva la memoria, a través de monumentos en honor a quienes dieron su vida por defender la soberanía nacional y,
CONSIDERANDO:
– Que donde hay un monumento es innegable el homenaje a quienes engrandecieron la patria, como también lo es algo en lo que todos los argentinos estamos de acuerdo: “LAS MALVINAS FUERON, SON Y SERAN SIEMPRE ARGENTINAS”
- Que en la localidad de Espartillar no existe hasta la fecha un lugar público donde rendir homenaje en conmemoración a todos los ex combatientes de Malvinas y especialmente a los caídos en combate, por lo que surge la idea de crear un monumento conmemorativo.
- Que la generación de este espacio permitirá que los habitantes de la localidad en especial los niños puedan conmemorar lo ocurrido en el conflicto de Malvinas lo que contribuirá a generar memoria y respeto por nuestro territorio.
- Que el mismo se emplazaría en el paseo lineal de calle 8 de noviembre, generando de ésta manera un espacio donde los habitantes de la localidad puedan disfrutar del entorno natural y reforzar interacciones sociales entre vecinos.
- Que los materiales con los cuales se trabajaría son piedra y metal. Siguiendo la estética del lugar. Se complementará con forestación ornamental, cartelería indicativa y mobiliario creando espacios de descanso y recreación.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Denomínese “PASEO MALVINAS ARGENTINAS” al actual paseo lineal de calle 8 de noviembre en la localidad de Espartillar.
Artículo 2º: Establézcase el diseño para la construcción de un monumento en conmemoración a los caídos y en homenaje a ex combatientes de la Guerra de Malvinas, en el espacio determinado por el Artículo 1º. El mismo deberá:
- a) Utilizar como materiales principales la piedra y el metal.
- b) Complementarse con forestación ornamental.
- c) Poseer adecuada cartelería indicativa
- d) Integrarse con el entorno y mobiliario urbano existente.
Artículo 3º: Se adjunta en anexo I, el modelo del monumento propuesto.
Artículo 4º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
ORDENANZA Nª 7392/2024
EDUARDO DANIEL METZLER SECRETARIO ADMINISTRATIVO H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
MARIA PAMELA HERNANDEZ |
GRISELDA N. CLEDOU
SILVANA MARÍA ERCOLI
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