CREANDO LA COMISION ASESORA PARA LA RED VIAL DEL DISTRITO.
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CORRESPONDE A EXPTE Nº 9639 unif. con 9650/2024

VISTO:

Los dos proyectos presentados en este cuerpo, para la creación de la comisión asesora de la red vial del distrito de Saavedra-Pigüé y luego de un acuerdo por unanimidad.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Articulo 1º: Créase en el ámbito del Municipio de Saavedra – Pigüé, la Mesa Distrital de la Red Vial Municipal.

 

Articulo 2º: Se define como Red Vial Municipal del Distrito de Saavedra a:

    1. La totalidad de los caminos vecinales municipales existentes en los cuarteles en que se encuentra territorialmente dividido el Partido de Saavedra.
    2. La totalidad de los caminos de tierra de jurisdicción provincial, cuyo mantenimiento se encuentre descentralizado a cargo de la Municipalidad de Saavedra.
    3. Los caminos vecinales primarios, secundarios y terciarios que se habiliten en el futuro.
    4. Articulo 3º: Serán consideradas dentro del servicio de conservación, reparación y mantenimiento de la Red Vial, las siguientes tareas:
  1. Mantenimiento y conservación de las calzadas de tierra y entoscados.
  2. Mantenimiento y conservación del alcantarillado, banquinas y señales.
  3. Perfilado, mantenimiento y toda otra tarea vinculada a las cunetas.
  4. Alteos y nivelación de lomadas.
  5. Gestión ante los organismos que correspondan, para la realización de las obras de arte, obras hidráulicas, construcción de canales, puentes, alcantarillas, nuevos caminos.

 

Articulo 4º: La convocatoria a la Mesa será realizada mensualmente por el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Saavedra-Pigüé.

Artículo 5º: La Mesa Distrital de la Red Vial Municipal tendrá por objeto:

  1. Proponer un programa de tareas y prioridades, adaptado a las pautas presupuestarias del municipio.
  2. Entrelazar y analizar información.
  3. Controlar ingresos y erogaciones financieras.
  4. Verificar el estado de las maquinarias y vehículos viales.
  5. Proponer la firma de convenios con instituciones de derecho público y/o privados para el mejoramiento del servicio.
  6. Acompañar la gestión ante organismos oficiales o privados para la obtención de subsidios, equipos, maquinaria, elementos y otros con destino al área vial rural.
  7. Garantizar que los trabajos que se realicen en la red vial municipal cumplan con las normativas legales de la Nación; provincia de Buenos Aires y Ordenanzas municipales vigentes respecto del cuidado del medio ambiente.
  8. Elaborar un informe bimestral de la labor desarrollada.
  9. Establecer canales oficiales de comunicación, los cuales deberán ser informados ampliamente.

 

Articulo 6º: La Mesa Distrital de la Red Vial Municipal estará integrada por:

  1. Un representante titular y un suplente por cada entidad rural del Distrito de Saavedra, quienes oficiarán como portavoz de los productores agropecuarios que tributan tasas de mantenimiento de la red vial de cada uno de los doce (12) cuarteles en que se divide el área rural del Distrito de Saavedra.
  2. Tres representantes del Departamento Ejecutivo con competencia en la materia.
  3. Un representante por cada Bloque del Honorable Concejo Deliberante.

 

Articulo 7º: Los miembros de la Mesa Distrital de la Red Vial Municipal definidos en el artículo 6º inc. a) ejercerán sus funciones “ad-honorem” debiendo cumplir con los siguientes requisitos:

    1. Ser mayor de edad.
    2. Ser propietario o arrendatario de una fracción rural ubicada en el Distrito de Saavedra, autorizado por el propietario del predio al efecto.
    3. Contar con el aval de al menos una de las entidades rurales integrantes de la Mesa.

 

Articulo 8º: Constituida la Mesa Distrital de la Red Vial Municipal, esta fijará su reglamento interno, el cual será elevado al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento y evaluación y en el que se deberá determinar:

  1. Designación de Autoridades de la Comisión.
  2. Periodicidad de las reuniones.
  3. Determinación de Cuarteles que representa cada entidad.
  4. Otras cuestiones relacionadas exclusivamente al funcionamiento de la mesa de la red vial municipal.

 

Articulo 9º: A los fines de contar con información y datos que permitan el trabajo de la Mesa Distrital de la Red Vial Municipal, el Departamento Ejecutivo:

  1. Realizará informes trimestrales sobre los trabajos realizados, detalle de gastos (combustibles, lubricantes, cubiertas, repuestos y otros), cantidad de personal afectado a dichas tareas y cantidad, tipo y estado de maquinaria utilizada, para la prestación del servicio público de conservación, reparación y mantenimiento de la Red Vial del Distrito.
  2. Realizará informes semestrales detallando individualmente la recaudación por tasa vial; tasa por control de marcas y señales, fondos coparticipables afectados a la red vial por la Ley provincial Nº13.010 y/o nacionales,  y/o de cualquier otro origen con dicha afectación.
  3. Dotará a la maquinaria afectada a las tareas, con dispositivos electrónicos que registren los movimientos realizados.
  4. Articulo 10º: La Secretaría de Obras y Servicios Públicos o la que en el futuro la reemplace, designará mediante concurso o bien de su propia nómina de empleados, un responsable técnico con el objetivo de estudiar, proyectar, dirigir, asesorar y coordinar los trabajos a realizar. Se le dará prioridad a quienes posean título habilitante con incumbencias en el área vial o sean considerados idóneos en la materia. El responsable técnico deberá realizar capacitaciones a requerimiento de la mencionada secretaría municipal.
  5. Articulo 11º: Deróguese el artículo 9° de la ordenanza 6549/16.

 

Articulo  12º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

ORDENANZA Nª 7397/2024

EDUARDO DANIEL METZLER
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

MARIA PAMELA HERNANDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

   

GRISELDA N. CLEDOU
PRESIDENTE
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ

 

 

SILVANA MARÍA ERCOLI
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ