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CORRESPONDE A EXPTE Nº 96020/2024

VISTO:

El Decreto Nº 207/1994 por el cual se encuentra adjudicada definitivamente al Sr. Alberto Iormetti, el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 31-r, Parcela 13, Partida 15015 de la localidad de Pigüé y,

CONSIDERANDO:

Que conforme se desprende del informe de Rentas de la Municipalidad el Sr. Iormetti ha abonado la totalidad de la vivienda de referencia. –

Que, si bien el decreto originario disponía la adjudicación a favor del Sr. Iormetti, el mismo solicita que la escritura sea otorgada a su nombre y a nombre de la Sra. Telma Sonia Capella, en condominio por partes iguales.

Que el Artículo 54º de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone «Corresponde al Concejo autorizar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad, así como su disposición para la constitución de fideicomisos. Estos contratos sólo deberán tener el tratamiento previsto en los artículos 46º a 50º de la presente Ley cuando se contemple la emisión de títulos valores a cuyo repago y/o garantías se afecten recursos de libre disponibilidad o fondos correspondientes al Régimen de Coparticipación.»

Que el Artículo 55º de la referida norma establece «El Concejo autorizará las transmisiones, arrendamientos o gravámenes de los bienes públicos y privados municipales por mayoría absoluta del total de sus miembros…”. –    

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º    Adjudicase a los señores Juan Alberto Iormetti, D.N.I. Nº 8.188.262 y a Telma Sonia Capella, D.N.I. N° 10.212.030, la vivienda ubicada en la localidad de Pigüé, designada catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 31-r, Parcela 13, Partida 15015, de la localidad de Pigüé. –

Artículo 2º    Autorízase la transmisión de dominio del inmueble de acuerdo a lo establecido en los Artículos 54º y 55º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 31-r, Parcela 13, Partida 15015, de la localidad de Pigüé, a favor de los señores Juan Alberto Iormetti, D.N.I. Nº 8.188.262 y a Telma Sonia Capella, D.N.I. N° 10.212.030.-

Artículo 3º    Desígnase a la Escribana Laura Gómez, titular del Registro Notarial Nro. 5 del Distrito de Saavedra para efectuar la escritura traslativa de dominio del inmueble, corriendo por cuenta de los adjudicatarios todos los gastos de la misma.-

Artículo 4º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

ORDENANZA Nª 7407/2024

EDUARDO DANIEL METZLER
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ 

 

MARIA PAMELA HERNANDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

GRISELDA N. CLEDOU
PRESIDENTE
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ

 

 

SILVANA MARÍA ERCOLI
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ