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CORRESPONDE A EXPTE Nº 94280/2022
VISTO
La necesidad de proceder a la regularización dominial de una fracción de terreno designada catastralmente como Circunscripción II, Sección F, Manzana 134-Y Parcela 23, Partida 11227 inscripto el dominio en La Plata a la Matricula 9585 del Registro del Partido de Saavedra (092), cuya titularidad registral sigue en cabeza de los Sres. Omar Rubén Simón, Daniel Gastón Pomies, Carlos Alfredo Valentín, Ernesto Alfredo Gardien, Eduardo José Bras, Arístides Luis Bros, Eduardo Daniel Salvi, Pedro Alberto Bros, Ricardo Juan Benestante, Eduardo José Gayraud, Mario Andrés Marcenac, Raúl Alberto García, Esteban Rafael Ortega, José Daniel Duarte, Ricardo Daniel Álvarez, Rubén Adalberto Vicens, Daniel Edgardo González Y Luis Alberto Di Doménico,
CONSIDERANDO
Que el referido lote fue adquirido por un grupo de amigos, hace más de veinte años con el objeto de construir allí un centro de reuniones.
Que dicho propósito nunca se cumplimentó, y mientras algunos de los titulares se fueron de la localidad de Pigüé y otros fallecieron, por lo cual quedaron en la posesión efectiva del referido lote solamente los Sres. Rubén Simón, Eduardo José Bras, Arístides Luis Bros, Eduardo Daniel Salvi, Pedro Alberto Bros, Ricardo Juan Benestante, Eduardo José Gayraud, Mario Andrés Marcenac, José Daniel Duarte, Y Rubén Adalberto Vicens,
Que los efectivos poseedores han ejercido la posesión pública, pacífica e ininterrumpida del inmueble durante más de veinte años.
Que es voluntad de los poseedores que el inmueble sea utilizado para la realización de prácticas profesionalizantes de alumnos de nivel secundario del Distrito de Saavedra – Pigüé
Que, en virtud de la multiplicidad de titulares registrales del inmueble, entre los cuales algunos han fallecido, y otros no se encuentran en el país ha resultado imposible transferir la titularidad del dominio a favor del municipio, tal la voluntad de los efectivos poseedores del inmueble
Que la ley 24.320 habilita a los estados municipales a iniciar procesos de prescripción administrativa en pos de regularizar dominios a su favor.
Que mediante convenio de cesión de derechos y acciones posesorias solamente los Sres. Ruben Simón, Eduardo José Bras, Arístides Luis Bros, Eduardo Daniel Salvi, Pedro Alberto Bros, Ricardo Juan Benestante, Eduardo José Gayraud, Mario Andrés Marcenac, José Daniel Duarte, Y Ruben Adalberto Vicens, han cedido todos derechos y acciones que detenta sobre el inmueble, a efectos que el cesionario lleve adelante el procedimiento de prescripción administrativa previsto por la ley 24.320, tendiente a regularizar el dominio del inmueble de referencia a favor del municipio
Que, en consecuencia, deberá procederse a realizar escritura declaratoria de prescripción adquisitiva, conforme los términos dispuestos en La Ley Nacional Nro. 24.320.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Convalidase el Convenio de Cesión de Derechos y Acciones Posesorias suscripto con los Sres. Omar Rubén Simón, Eduardo José Bras, Arístides Luis Bros, Eduardo Daniel Salvi, Pedro Alberto Bros, Ricardo Juan Benestante, Eduardo José Gayraud, Mario Andrés Marcenac, José Daniel Duarte, y Rubén Adalberto Vicens, efectuada a título gratuito y con el cargo de ser utilizado para la realización de prácticas profesionalizantes de alumnos de nivel secundario del Distrito de Saavedra – Pigüé
Artículo 2º: Condonase la deuda por Tasas Municipales correspondiente al inmueble Partida Nº 11227 hasta el período enero 2024 inclusive.
Artículo 3º: Facúltese a la asesoría letrada Municipal a desistir de la acción promovida en los autos caratulados «Municipalidad de Saavedra (Pigüé) c/ Simón Rubén Omar y Otros s/ Apremio» (Expte. 4466) de trámite ante el Juzgado de Paz Letrado del Pdo. de Puán.
Artículo 4º: Declárese la prescripción administrativa a favor de la Municipalidad del partido de Saavedra – Pigüé, del inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección F, Manzana 134-Y Parcela 23-a, Partida 11227 inscripto el dominio en La Plata a la Matricula 9585 del Registro del Partido de Saavedra (092), con sus respectivas medidas, superficies, linderos.
Artículo 5º: Solicítese la cancelación de la inscripción del dominio en La Plata a la matricula 9585 del Registro del Partido de Saavedra (092).
Artículo 6º: Desígnese a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a fines de realizar los actos notariales de rigor para obtener la inscripción dominial, por parte de la Dirección Provincial del registro de la Propiedad Inmueble.
Artículo 7º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
ORDENANZA Nª 7412/2024
EDUARDO DANIEL METZLER SECRETARIO ADMINISTRATIVO H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
MARIA PAMELA HERNANDEZ |
GRISELDA N. CLEDOU
SILVANA MARÍA ERCOLI
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