7482

CORRESPONDE A EXPTE Nº 96515/2024

VISTO:

El envío desde el Departamento Ejecutivo Municipal del presente expediente conteniendo el Cálculo de Recursos y Presupuesto de gastos para el ejercicio del año 2025

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Fíjese en la suma de PESOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($30.445.246.079,87) el Presupuesto General de Gastos para el Año 2025.- Se anexa a la presente la documentación emitida por Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza. –

Artículo 2º: Estímese en la suma de PESOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($30.445.246.079,87) el Cálculo de Recursos para el Año 2025 destinado a la financiación del Presupuesto de Gastos, de acuerdo a la programación de los recursos que surge del Formulario Nº 2 emitido por el Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza. –

Artículo 3º: Los saldos que arroje al cierre del Ejercicio 2024 la cuenta Recursos con Afectación, serán transferidos al Ejercicio 2025, incorporándolas al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo; correlativamente se ampliará el Presupuesto de Gastos reforzando créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos; en ambos casos se respetará el destino a que deben ser aplicados los fondos en cuestión. La incorporación de saldos afectados al Cálculo de Recursos y nuevos conceptos al Presupuesto de Gastos se efectuará respetando los nomencladores vigentes respectivos. –

Artículo 4º: Apruébase el Cuadro de Recursos Humanos por categoría programática por cargos emitido por el Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza. –

Artículo 5º:  Fíjese los Gastos de Representación para el Intendente Municipal en la suma mensual de PESOS QUINIENTOS ($500,00).

Artículo 6º:  Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar en el Ejercicio 2025 la Bonificación por Antigüedad para todo el personal municipal conforme lo establecido en el Inciso b) del Artículo 72º de la           Ley 14656 y las demás bonificaciones actualmente vigentes o que el mismo determine por Decreto.-

Artículo 7º: Facúltese al Departamento Ejecutivo al uso transitorio de recursos del Municipio con afectación específica, conforme el Art. 69º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales de las Municipalidades, aprobadas por el Decreto 2980/00.

Artículo 8º: Facúltese al Departamento Ejecutivo para reasignar los créditos entre todas las partidas de gastos ya sean corrientes o de capital, que registraren economías de ejecución durante el ejercicio fiscal para compensar o reforzar otras en función de sus necesidades operativas, y/o entre las distintas categorías programáticas; y en caso de corresponder, el refuerzo o creación de aquellos conceptos inexistentes que sea necesario introducir en el Presupuesto General de Gastos y Recursos, de conformidad con lo previsto en los artículos 119º y 121º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires Nº 6.769/58.

Artículo 9º:  Para cubrir deficiencias estacionales de caja ante las situaciones previstas en los artículos 67° y 68° del Decreto Nro. 2980/00, autorizase al Departamento Ejecutivo a requerir financiamiento transitorio consistente en autorizaciones para girar en descubierto las cuentas bancarias a fin de atender el pago de salarios y aguinaldos del Personal Municipal y para atender el pago de gastos necesarios e indispensables para el normal funcionamiento de las actividades municipales, como así también para evitar interrupciones en los servicios públicos básicos, hasta la suma equivalente a una masa salarial mensual. Dicho importe equivale al mes de noviembre de 2024 a la suma de pesos mil seiscientos cincuenta y siete millones cuatrocientos treinta y siete mil novecientos dieciséis ($1.657.437.916,00).

Artículo 10º:  Autorizase al Departamento Ejecutivo a emitir cheques de pago diferido, el cual no podrá excederse del veinte por ciento (20%) de la renta municipal del ejercicio.

Artículo 11º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.

ORDENANZA Nª 7482/2024

EDUARDO DANIEL METZLER
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

MARIA PAMELA HERNANDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

   

GRISELDA N. CLEDOU
PRESIDENTE
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ

 

 

SILVANA MARÍA ERCOLI
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ