CORRESPONDE A EXPTE Nº 96769/2025
VISTO
La Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58) y,
CONSIDERANDO
Que los datos consignados en el estado de Situación Económica Financiera al 31/12/24 demuestran la existencia de una crisis del municipio que compromete su funcionamiento llegando a poner en serio riesgo la prestación de servicios públicos esenciales.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a reasignar las partidas presupuestarias correspondientes a los programas de la Jurisdicción 1110112000 Secretaría de Desarrollo Económico y de la Jurisdicción 1110117000, Secretaría de Cultura a la Jurisdicción 1110115000, Secretaría de Desarrollo Social y Comunitarios y la Jurisdicción 1110116000, Secretaría de Salud.
Artículo 2º: Remítase al Honorable Concejo Deliberante un informe detallado de la reasignación de partidas efectuadas, a partir de la sanción de la presente, el último día hábil de cada mes.
Artículo 3º: El incumplimiento del artículo N° 2 prevé el cese de la vigencia de la presente ordenanza.
Artículo 4º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal para la modificación de la Estructura Programática aprobada mediante Ordenanza N° 7482/2024, Decreto N° 1715/2024.-
Artículo 5º: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a la desafectación de fondos creados por la Ordenanza 5211/05 y la Ordenanza 4983/03.
Artículo 6º: La presente ordenanza tendrá vigencia hasta el día 31/12/2025
Artículo 7º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
ORDENANZA Nª 7505/2025
EDUARDO DANIEL METZLER SECRETARIO ADMINISTRATIVO H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
MARIA PAMELA HERNANDEZ |
GRISELDA N. CLEDOU
SILVANA MARÍA ERCOLI
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