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CORRESPONDE A EXPTE Nº 97298/2025
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1° Fijase en la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($38.825.459.824,00) el Presupuesto General de Gastos para el Año 2026.- Se anexa a la presente la documentación emitida por Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Articulo. 2° Estimase en la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO ($38.825.459.824,00) el cálculo de Recursos para el Año 2026 destinado a la financiación del Presupuesto de Gastos, de acuerdo a la programación de los recursos que surge del Formulario N° 2 emitido por el Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 3° Los saldos que arroje al cierre del ejercicio 2025 la cuenta Recursos con Afectación, serán transferidos al Ejercicio 2026, incorporándolas al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo; correlativamente se ampliará el Presupuesto de Gastos reforzando créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos; en ambos casos se respetará el destino a que deben ser aplicados los fondos en cuestión. La incorporación de saldos afectados al Cálculo de Recursos y nuevos conceptos al Presupuesto de Gastos se efectuará respetando los nomencladores vigentes respectivos.
Artículo 4° Apruébese el Cuadro de Recursos Humanos por categoría programática por cargos emitido por el Sistema R.A.F.A.M., que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 5° Fíjese los Gastos de Representación para el Intendente Municipal en la suma mensual de PESOS QUINIENTOS ($500,00)
Artículo 6°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a abonar el Ejercicio 2026 la Bonificación por Antigüedad para todo el personal municipal conforme lo establecido en el Inciso b) del Artículo 72 de la Ley 14.656 y las demás bonificaciones actualmente vigentes o que el mismo determine por Decreto.
Artículo 7° Facultase al Departamento Ejecutivo al uso transitorio de recursos del Municipio con afectación específica, conforme el Art. 69 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales de las Municipalidades, aprobadas por el Decreto 2980/00.
Artículo 8° Para cubrir deficiencias estacionales y transitorias de caja que pudieran verificarse durante los meses de enero, febrero y marzo de 2026, y exclusivamente ante las situaciones previstas en los artículos 67 y 68 del Decreto Provincial N° 2980/00, autorizase al Departamento Ejecutivo a requerir financiamiento transitorio consistente en autorizaciones para girar en descubierto las cuentas bancarias a fin de atender el pago de salarios del Personal Municipal, las que no podrán superar en cada uno de los meses mencionados el equivalente a una masa salarial mensual.
Articulo. 9° El Departamento Ejecutivo deberá remitir un informe al Honorable Concejo Deliberante, dentro de los diez (10) días hábiles de efectivizado el uso de la autorización prevista en el artículo 8°, el monto total utilizado, la entidad financiera interviniente, las condiciones financieras aplicadas, el cronograma de cancelación y la acreditación del uso de los fondos.
Artículo 10º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
ORDENANZA Nª 7580/2025
| FABIO JAVIER ROJAS SECRETARIO ADMINISTRATIVO H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ MARIANO MANSILLA |
JULIO COUDERC PRESIDENTE H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ ANDREA CAMANDONA |