7013

CORRESPONDE A EXPTE. Nº   92.414/2021.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA  FECHA Y

HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo Nº 1: Convalídase el Convenio de Prácticas, Anexo I y II, suscripto entre la Municipalidad de Saavedra(Pigüé) y la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUDOESTE(UPSO) por el cual las partes se comprometen a implementar un Sistema de Prácticas destinado a los alumnos de la carrera Guía Universitario de Turismo. Las prácticas se desarrollarán en el ámbito de la Municipalidad o en los sitios que esta designe al efecto, de acuerdo con las actividades previstas y dentro de los días y horarios habituales para su personal regular, por el término de doce (12) meses ,a partir del 17 de mayo  de 2021.-

 Artículo Nº 2: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE JUNIO    DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO

ORDENANZA Nº 7013/2021

MARÍA PAMELA HERNANDEZ     SECRETARIA ADMINISTRATIVA H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

 

CARLOS A. GRIGORIADES

PRESIDENTE

H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MATÍAS NEBOT

 

 

NATALIA SOLEDAD SANTOS

SECRETARIO LEGISLATIVO

 

 

SECRETARIA LEGISLATIVA

H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

 

 

 

H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ