CORRESPONDE A EXPTE Nº 96780/2025
VISTO:
La solicitud presentada por los titulares del inmueble partida Nº 15022, y
CONSIDERANDO:
Que, según informe obrante en el expediente, el inmueble en cuestión se encuentra en condiciones y sin deuda para otorgar la cancelación de hipoteca correspondiente.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a proceder a la cancelación del derecho real de hipoteca trabado sobre el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Quinta 31, Manzana 31-r, Parcela 20, Partida Nº 15022, de Pigüé. –
Artículo 2º: Designase a las Notarías Laura Gómez y/o Abril Rost, Titular Adscripta respectivamente, del Registro Numero Cinco del Distrito Notarial Saavedra, para efectuar la cancelación de derecho real de hipoteca del inmueble, corriendo por cuenta de los adjudicatarios todos los gastos de la misma. –
Artículo 3º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
ORDENANZA Nª 7506/2025
EDUARDO DANIEL METZLER SECRETARIO ADMINISTRATIVO H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ
MARIA PAMELA HERNANDEZ |
GRISELDA N. CLEDOU
SILVANA MARÍA ERCOLI
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