Corresponde a Expte. Nº 39.050/93/84.-
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Deróguese la Ordenanza Nº 1415/85
Artículo 2º: Aceptase la donación ofrecida por la señora AMALIA DUFAUR Y HERMIDA SOLDANI a favor de la Municipalidad de Saavedra-Pigüé de los siguientes lotes de terrenos ubicados en la localidad de Dufaur:
Circunscripción VI – Sección A – Manzana 6 – Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35 y 36.-
Circunscripción VI – Sección A – Manzana 7 – Parcelas, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.-
Circunscripción VI – Sección A – Manzana 8 – Parcelas 1 y 7.-
Artículo 3º: Condonase las Tasas y Contribuciones de Mejoras que registren los inmuebles enumerados en el Artículo anterior.-
Artículo 4º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A VEINTIUN DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL.-
ORDENANZA Nº 4512/00.