Corresponde a Expte. Nº 60098/ 99 y 60644/99.-
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Declarase de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas, la obra “ luz a vapor de sodio” en los inmuebles baldíos o edificados de Pigüé, ubicados sobre calle San Cayetano entre Berlín y San Andrés.-
Artículo 2º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL.-
ORDENANZA Nº 4471/00.