Utilidad Publica y pago obligatorio alumbrado publico en Pigue.
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Corresponde a Expte. Nº 60098/ 99 y 60644/99.-

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Declarase de utilidad pública y de pago obligatorio  por los vecinos frentistas, la obra “ luz a vapor de sodio” en los inmuebles baldíos o edificados de Pigüé, ubicados sobre calle San Cayetano entre Berlín y San Andrés.-

Artículo 2º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL.- 

ORDENANZA  Nº 4471/00.