Corresponde a Expte. Nº: 58.383/98
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Exímase del pago de la obra construcción de pavimento articulado en Pigüé, al contribuyente Lucero, Andrés Corsino, partida 10447.
Artículo 2º: Se deja establecido que la eximición alcanza solo y exclusivamente a la persona mencionada en el artículo anterior. La propiedad continua gravada por la suma que por todo concepto adeude a la Municipalidad, incluido interés y recargos, etc., al momento que se concrete cualquier cambio de titularidad de dominio y/o se constituya derecho real sobre el mismo.
Artículo 2º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-
ORDENANZA Nº:4174/98.