Honorable Concejo Deliberante

¿DÓNDE FUNCIONA EL CONCEJO DELIBERANTE?

El Honorable Concejo Deliberante de Saavedra se encuentra ubicado en Humberto Primo 75, en donde anteriormente funcionaba la escuela N° 5  ubicado frente a la Plaza Sarmiento.

¿CÓMO SE COMPONE EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ?

Lo conforman los concejales y las concejalas. La cantidad de concejales está estipulado por la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6768/1958) que rige a todas las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

El distrito de Saavedra tiene el máximo de concejales permitido por esta ley, que son 14,  esto se calcula por la cantidad de habitantes de la ciudad. (Ley Orgánica de las Municipalidades – Capítulo I – Art. 2º)

¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE UN CONCEJAL?

Un concejal es una persona elegida por el pueblo para defender los derechos de los vecinos, procurándoles mayores servicios con el propósito de mejorar su calidad de vida, elevando al Departamento Ejecutivo (Municipalidad de Saavedra Pigüé) proyectos y propuestas para que éste los haga cumplir.
Se preocupa por obras, servicios, cultura y educación. El Honorable Concejo Deliberante de Saavedra está formado por 14 concejales, organizados en distintas comisiones para desarrollar eficientemente su trabajo. 

Un concejal generalmente surge de la acción vecinalista o de instituciones donde se destaca por su sensibilidad social, primera condición para ejercer una concejalía.

    ¿QUÉ REQUISITOS EXIGE LA LEY PARA ACCEDER A UNA CONCEJALÍA?

    La edad mínima es de 22 años, con 2 años de residencia en el ámbito municipal. Los extranjeros también pueden ser concejales, pero tienen que ser mayores de 25 años y contar con una residencia de al menos 4 años. Además, debe ser elector del municipio, es decir constar en el padrón electoral y poseer DNI o pasaporte legalizado. (Ley Orgánica de las Municipalidades – Capítulo I  Art. 10º)

    ¿CÓMO FUNCIONA EL CONCEJO DELIBERANTE?

    Los concejales se convocan a través de sesiones, además de las reuniones de comisión que cada una de ésta propone.

    El HCD está dividido en comisiones integradas por cinco concejales cada una, que analizan por temáticas los expedientes ingresados.

    Las comisiones son:

    1. Presupuesto & Hacienda
    2. Interpretación & Reglamento
    3. Obras Publicas
    4. Cultura, Salud & Medio Ambiente

    ¿QUÉ ES UNA SESIÓN?

    Es una reunión de concejales conducida por uno de ellos electo como presidente durante la cual se tratan asuntos de incumbencia del Concejo, de acuerdo con un Orden del Día, votándose las decisiones.

    ¿CÓMO SE CLASIFICAN LAS SESIONES?

    Las sesiones pueden ser:

    Ordinarias
    Son las sesiones que se llevan a cabo durante los meses de marzo a junio y de agosto a diciembre. Se denomina “período ordinario” al lapso que transcurre de marzo a diciembre de cada año.

    Extraordinarias
    Son las sesiones que se convocan fuera del calendario de sesiones ordinarias, ya sea por propia iniciativa o solicitadas por el Departamento Ejecutivo.

    Preparatorias
    Son las que se desarrollan cuando se renuevan parcialmente los concejales.

    Reglamento Interno Título II y Ley Orgánica de las Municipalidades Art. 68º

    ¿SON PÚBLICAS LAS SESIONES DEL CONCEJO?

    Sí, las sesiones son de público acceso.

    ¿QUÉ SIGNIFICA “QUÓRUM”?

    Es el número mínimo de concejales requeridos para la toma de decisiones. Para formar el quórum legal es necesaria la presencia de la mitad más uno de los concejales.

     

    ¿PUEDE SESIONAR EL CONCEJO FUERA DE LA SALA DE SESIONES?

    Si, se puede sesionar fuera del edificio del Concejo Deliberante.

    ¿CÓMO ELEVAN SUS PROYECTOS Y PEDIDOS LOS CONCEJALES?

    Los proyectos y pedidos toman distintas formas:

    1. Ordenanzas
    2. Resoluciones
    3. Decretos
    4. Minutas de Comunicación

    ¿QUÉ ES UNA ORDENANZA?

    Es un dictamen destinado a legislar o dictar disposiciones de carácter permanente o a reformar, abolir o suspender otra ordenanza o regla general.

    ¿QUÉ ES UNA RESOLUCIÓN?

    Es una proposición que tiene por objeto exponer la opinión del Concejo sobre cualquier asunto de carácter público.

    ¿QUÉ ES UN DECRETO?

    Es una decisión que niega o rechaza solicitudes particulares, proyectos, etc., o tiende a adoptar medidas relacionadas con la organización interna del Concejo.

    ¿QUÉ ES UNA MINUTA DE COMUNICACIÓN?

    Es un informe destinado a recomendar, requerir información o exponer algo al Departamento Ejecutivo (Municipalidad de Saavedra – Pigüé).