4020

Corresponde a Expte. Nº: 56.423/97

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Apruébese el Decreto Nº 080/97 dictado con fecha 1 de Enero de 1997, “ad-referéndum del Cuerpo Deliberativo, por el cual se adecuan cuotas, capitalizan deudas, suspenden deuda con explicación, todas por el término de un año; suspenden cuotas por seis meses y plan de pago a partir del mes de enero de 1997, de las viviendas de adjudicatarios de los planes Solidaridad – Pro Casa y Que se Queden los Jóvenes.-

Artículo 2º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS DOS DIAS  DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-                

ORDENANZA Nº:4020/97.