4539
Corresponde a Expte. Nº 55.191/11/96.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Dejase sin efecto la Ordenanza Nº 3838/96 de fecha 22 de agosto de a996.-
Artículo 2º: Aceptase la renuncia al Plan de vivienda “Que se queden los Jóvenes” presentada por Silvia Muraña.-
Artículo 3º: Adjudicase a Silvia Muraña un lote de terreno de propiedad municipal, ubicado en Pigüé, cuyos datos catastrales son: Circunscripción II – Sección F – Manzana 160 a – Parcela 6 – Partida 9946.-
Artículo 4º: El precio total de la venta se fija en pesos Tres Mil Trescientos ($3.300), que serán abonados por la compradora de la siguiente forma: Pesos Dos Mil Quinientos Ochenta y Ocho con cincuenta y uno ($2.588,51) por devolución de cuotas del plan de viviendas “Que se queden los Jóvenes” y el saldo, en catorce (14) cuotas de pesos cincuenta cada una ($50,00) y una cuota de pesos Once con cuarenta y nueve ($11,49)
Artículo 5º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.-
ORDENANZA Nº:4539/00.-