4986
Corresponde a Expte. Nº 5.706/03.-
VISTO:
La necesidad de ordenar el tránsito en la calle Madrid, entre 9 de Julio y Colón de la ciudad de Pigüé; y,
CONSIDERANDO:
Que, el ordenamiento del tránsito vehicular es necesario a fin de evitar posibles accidentes.-
Que, la señalización con indicadores de una sola mano ingresando por calle Madrid, por ambos laterales, dificulta el rápido desenvolvimiento en dicho lugar.-
Que, el ingreso es de 24 metros, en ambos extremos y no es tan fluido el tránsito como para provocar imprevistos.-
Que, es conveniente que los dos (2) sectores de ingreso a la Plazoleta ubicada en el lugar, sean de doble circulación para agilizar el movimiento en dicho lugar.-
Que, es una manera de ordenar una situación que se da a diario, considerando al lugar de doble mano.-
POR ELLO; EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
Artículo 1º: Impleméntese doble circulación en la calle Madrid, entre 9 de Julio y Colón de la ciudad de Pigüé, en la totalidad de su extensión, que es de 24 metros, en ambas márgenes.-
Artículo 2º: Cámbiese la señalización correspondiente con indicadores de doble mano.-
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-
ORDENANZA Nº: 4.986/03.-