4986

Corresponde a Expte. Nº 5.706/03.-

VISTO:

La necesidad de ordenar el tránsito en la calle Madrid, entre 9 de Julio y Colón de la ciudad de Pigüé; y,

CONSIDERANDO:

Que, el ordenamiento del tránsito vehicular es necesario a fin de evitar posibles accidentes.-

Que, la señalización con indicadores de una sola mano ingresando por calle Madrid, por ambos laterales, dificulta el rápido desenvolvimiento en dicho lugar.-

Que, el ingreso es de 24 metros, en ambos extremos y no es tan fluido el tránsito como para provocar imprevistos.-

Que, es conveniente que los dos (2) sectores de ingreso a la Plazoleta ubicada en el lugar, sean de doble circulación para agilizar el movimiento en dicho lugar.-

Que, es una manera de ordenar una situación que se da a diario, considerando al lugar de doble mano.-

POR ELLO; EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: Impleméntese doble circulación en la calle Madrid, entre 9 de Julio y Colón de la ciudad de Pigüé, en la totalidad de su extensión, que es de 24 metros, en ambas márgenes.-

Artículo 2º: Cámbiese la señalización correspondiente con indicadores de doble mano.-

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-

ORDENANZA Nº: 4.986/03.-