7563

CORRESPONDE A EXPTE Nº 96510/2024

V I S T O 

La necesidad de actualizar las previsiones de la Ordenanza Impositiva en función de la realidad económica imperante y del incremento en el costo de los servicios, en lo relacionado con los natatorios.

 

CONSIDERANDO 

Que las actividades de natatorios representan un uso intensivo de servicios municipales y requieren una contribución que refleje los costos de mantenimiento, seguridad e inspección que el municipio debe afrontar para garantizar un entorno adecuado para los usuarios.

Que resulta necesario adaptar el capítulo XVIII de la Ordenanza Impositiva a los lineamientos dispuestos por el artículo 92 de la Ordenanza Fiscal.

Que la adopción de un mecanismo de actualización automática basado en el IPC permite ajustar el valor del módulo de manera objetiva y transparente. 

Que el artículo 29 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que corresponde al Concejo sancionar las Ordenanzas Impositivas y la determinación de los recursos y gastos de la Municipalidad.

 

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

 

Art.iculo 1º: Modifíquese los valores establecidos en el CAPITULO XVIII  DERECHO DE USO DE NATATORIO de la Ordenanza Impositiva año 2025 (Ord. 7480) a partir del 1° de noviembre de 2025 conforme el siguiente detalle:

*Mayores por mes  30.000  $
*Menores de 7 a 17 años por mes 18.000  $
*Mayores por temporada 49.000  $
*Menores de 7 a 17 años por temporada 30.000  $
a)    Lunes a viernes  
Mayores 3.000  $
Menores 1.800 $  
b)    Sábados, Domingo y Feriados  
Mayores 3.500 $  
Menores 2.500 $  
Lunes a viernes no residentes en el Distrito
Mayores 4.000 $
Menores 3.000  $
a)    Sábado, Domingos y feriados  
Mayores 6.000  $
Menores 3.500  $
Grupo Familiar  
Conforme al Art. 285 de la Ordenanza Fiscal Nº 7481/24
Exenciones
Conforme al Art. 289 de la Ordenanza Fiscal Nº 7481/24
Uso de reposeras por día 1.500 c/u $   

.

Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

 

ORDENANZA Nª 7563/2025

EDUARDO DANIEL METZLER                                 
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

MARIA PAMELA HERNANDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

        GRISELDA N. CLEDOU
PRESIDENTE
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ

SILVANA MARÍA ERCOLI
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ