7565

 

CORRESPONDE A EXPTE Nº 97275/2025

VISTO

   La necesidad de adecuar la Ordenanza Impositiva vigente a las nuevas modalidades de ocupación de espacios con vehículos equipados para pernocte y permanencia, tales como casillas, motorhome, campers y vehículos similares que hacen uso de energía eléctrica provista por el municipio, y

CONSIDERANDO 

                     Que el artículo 214 de la Ordenanza Fiscal dispone como hecho imponible la ocupación, uso real o potencial, disposición y/o reserva de la superficie con mesas y sillas, quioscos o instalaciones análogas, ferias o puestos, vehículos, etc., resultando necesario adaptar dichos alcances a los nuevos tipos de vehículos y equipamientos utilizados por los contribuyentes.
                              Que la incorporación de casillas, motorhome, campers y vehículos similares con conexión a energía eléctrica implica un uso específico de infraestructura municipal que requiere regulación y determinación de la contribución correspondiente.-
                              Que corresponde al Municipio adecuar las previsiones tributarias a las nuevas realidades de uso del espacio público, asegurando equidad, razonabilidad y correcta asignación de los costos asociados.
                            Que el artículo 29 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que compete al Concejo Deliberante sancionar las Ordenanzas Impositivas y la determinación de los recursos municipales..

 

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

 

Artículo 1º: Incorporase al Capítulo IX de la Ordenanza Impositiva año 2025 (Ord. 7480), el establecimiento de casillas, motorhome, campers y/o vehículos similares que utilicen energía eléctrica en espacios públicos municipales, fijándose para los mismos un valor de 30.000 M por día de ocupación.

 

Artículo 2º: Comuníquese, Regístrese, y Cumplida, Archívese

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

 

ORDENANZA Nª 7565/2025

EDUARDO DANIEL METZLER                                 
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

MARIA PAMELA HERNANDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ

        GRISELDA N. CLEDOU
PRESIDENTE
H.C.D SAAVEDRA-PIGÜÉ

SILVANA MARÍA ERCOLI
SECRETARIA LEGISLATIVA
H.C.D. SAAVEDRA – PIGÜÉ