Extensión del plazo para solicitud de exención de tasas municipales para jubilados y pensionados”
CORRESPONDE A EXPTE 10013/2026
VISTO:
Las Ordenanzas N° 7391 y 7421 que regulan el régimen de exención de tasas
municipales para jubilados y pensionados del Partido; y las Ordenanzas N° 7578,
Fiscal, y 7579, Impositiva, vigentes para el ejercicio 2026;
CONSIDERANDO:
Que el sistema tributario municipal debe estructurarse conforme a criterios de razonabilidad, capacidad contributiva y equidad, principios rectores en materia fiscal;
Que la equidad tributaria no implica únicamente igualdad formal ante la tasa, sino la adopción de mecanismos diferenciales que contemplen situaciones desiguales;
Que los jubilados y pensionados constituyen un sector con ingresos fijos, mayoritariamente determinados por el sistema previsional, con limitada capacidad de
absorción frente a variaciones en la carga tributaria;
Que el régimen de exención vigente representa una herramienta concreta de justicia
distributiva, orientada a proteger el ingreso disponible de quienes se encuentran en una situación estructural de mayor vulnerabilidad económica;
Que la efectividad del beneficio fiscal no depende exclusivamente de su existencia
normativa, sino también de la posibilidad real y oportuna de acceso por parte de los
contribuyentes alcanzados;
Que la fijación de plazos acotados o la insuficiente difusión pueden generar, en la
práctica, una restricción indirecta al derecho a la exención;
Que extender el plazo de inscripción y fortalecer su publicidad no altera el equilibrio
presupuestario sustantivo previsto en la Ordenanza Fiscal e Impositiva, sino que
mejora la implementación del régimen vigente en clave de equidad y accesibilidad;
Que medidas de esta naturaleza consolidan la confianza ciudadana en el sistema
tributario municipal y fortalecen el principio de legitimidad fiscal;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO 1º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que disponga una prórroga del plazo de inscripción para acceder al régimen de exención de tasas municipales previsto para jubilados y pensionados conforme Ordenanzas Nº 7391 y 7421, correspondiente al ejercicio fiscal 2026. –
ARTÍCULO 2º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que implemente mecanismos de amplia difusión institucional del beneficio, garantizando su adecuada comunicación a potenciales beneficiarios. –
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, Regístrese y Cumplida, Archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 14/2026
FABIO J ROJAS JULIO COUDERC
SECRETARIO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ