Implementación Progresiva de Luminarias en Espacios Públicos
2026 – Año Internacional de la Mujer Agricultora
CORRESPONDE A EXPTE 10092/2026
VISTO:
El Expediente Nº 10092/2026 que refiere a la presentación efectuada en el marco de la «Banca de la Ciudadanía» por los alumnos de la Escuela Primaria N° 8 de la localidad de Espartillar, bajo los lineamientos de la Ordenanza Municipal Nº 6997/2021 (y su modificatoria); el proyecto denominado «Espartillar Sustentable y Seguro» por ellos elaborado; y
CONSIDERANDO:
Que la «Banca de la Ciudadanía» es una herramienta institucional orientada a propiciar la participación efectiva de la comunidad en el Honorable Concejo Deliberante, promoviendo la interrelación entre este Cuerpo y la ciudadanía para la búsqueda de soluciones a problemáticas locales;
Que, en esta oportunidad, han sido los alumnos de la Escuela Primaria N° 8 de Espartillar quienes asumieron un rol activo y un profundo compromiso social al exponer ante este Cuerpo una propuesta integral para el mejoramiento de su localidad;
Que el proyecto presentado por los alumnos, denominado «Espartillar Sustentable y Seguro», plantea la imperiosa necesidad de optimizar la iluminación y la videovigilancia en puntos estratégicos y de alto valor comunitario, patrimonial y social de Espartillar, tales como el cementerio local, el Museo Histórico, el Parque Hermenegildo Platz y los establecimientos educativos de la localidad;
Que la iniciativa propone una solución técnica moderna y ecológica mediante la implementación de sistemas autónomos de energía solar fotovoltaica (paneles solares, baterías de gel e inversores), lo cual no solo garantiza el funcionamiento ininterrumpido de las luminarias LED y cámaras de seguridad frente a eventuales cortes del suministro eléctrico convencional, sino que además, genera un consumo eléctrico mensual de costo cero para el Municipio y evita la emisión de gases contaminantes;
Que este Cuerpo Deliberativo comparte plenamente el diagnóstico de los jóvenes expositores, entendiendo que la iluminación eficiente y la videovigilancia perimetral en dichos espacios públicos, mitigarán situaciones de vulnerabilidad, prevendrán el vandalismo y otorgarán tranquilidad y seguridad a las familias de Espartillar;
Que, asimismo, es voluntad unánime de todos los bloques políticos que integran este Honorable Concejo Deliberante respaldar institucionalmente la iniciativa y dar cumplimiento al artículo 11 de la normativa de la Banca de la Ciudadanía, el cual establece la obligación de emitir una comunicación que dé curso formal a las demandas vecinales;
Que, siendo la ejecución de obras públicas, la adquisición de tecnologías y la reasignación de partidas presupuestarias (sean de fondos ordinarios, Fondo Educativo o convenios de transición energética) facultades propias del Departamento Ejecutivo (Art. 107 y concordantes de la LOM), corresponde remitir las actuaciones a dicho órgano técnico para su factibilidad y puesta en marcha;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1°:. Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de las áreas técnicas competentes que evalúen la factibilidad técnica y financiera para la implementación del «Programa Espartillar sustentable y seguro» en la localidad de Espartillar, presentado por los alumnos de la Escuela de Educación Primaria N° 8 mediante el uso de la Banca de la Ciudadanía.
Artículo 2°: Solicítase al Departamento Ejecutivo que, en consideración a la propuesta original adjunta a la presente, se priorice la adquisición e instalación de kits de energía solar fotovoltaica destinados a abastecer de energía lumínica LED y cámaras de videovigilancia conectadas al Centro Distrital de Monitoreo en los siguientes espacios de Espartillar:
- Cementerio Local: Luminarias LED perimetrales y cámaras de seguridad.
- Museo Histórico: Luces exteriores para resguardo patrimonial y cámaras en accesos.
- Parque Hermenegildo Platz: Columnas de iluminación solar en senderos y zonas recreativas, y cámaras de prevención del vandalismo.
- Establecimientos Educativos: Columnas de iluminación solar y cámaras de seguridad en sus perímetros.
Artículo 3°: Sugiérase al Departamento Ejecutivo que los fondos necesarios para el financiamiento del mencionado programa sean afectados de las partidas asignadas a obras públicas, el Fondo de Financiamiento Educativo, o bien gestionados mediante programas y convenios de transición energética vigentes con el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires o de la Nación.
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal informará a este Honorable Cuerpo, las acciones programadas o en vías de ejecución respecto a lo solicitado en los artículos 1º y 2° de la presente, a los fines de formalizar la respuesta al expediente de la Banca de la Ciudadanía en los términos de la Ordenanza Nº 6997/2021.
Artículo 5°: Remítase al Departamento Ejecutivo, como anexo de la presente, copia íntegra del Proyecto de Ordenanza «Espartillar Sustentable y Seguro» y sus fundamentos pedagógicos y comunitarios elaborados por los alumnos de la Escuela Primaria N° 8, a los fines de que sirva de base técnica para el diseño definitivo de la obra.
Artículo 6º: Encomiéndase a la Secretaría del Honorable Concejo Deliberante notificar formalmente de la presente Comunicación a la Comunidad Educativa de la Escuela de Educación Primaria N° 8 de Espartillar, agradeciendo y destacando su vocación ciudadana y su compromiso con el bienestar público local.
Artículo 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, AL PRIMER DÍA DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 62/2026
FABIO J ROJAS JULIO COUDERC
SECRETARIO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ