Pedido de pago inmediato de Becas Municipales
2026 – Año Internacional de la Mujer Agricultora
CORRESPONDE A EXPTE 10085/2026
VISTO
El Expediente N° 97583/2026, iniciado por la Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario en relación a la «Lista Becas Municipal Edición 2026»; y
CONSIDERANDO
Que el otorgamiento de las Becas Municipales constituye una política pública fundamental de este Municipio, orientada a garantizar la equidad en el acceso, permanencia y terminalidad educativa de los estudiantes del Distrito en sus diferentes niveles.
Que es una práctica legislativa e institucional consolidada que, tras el exhaustivo análisis socioeconómico y de requisitos, realizado por la Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario, el Honorable Concejo Deliberante proceda a la evaluación y posterior aprobación formal del listado de aspirantes que han alcanzado las exigencias de la normativa vigente.
Que en el marco del tratamiento del corriente año, este Cuerpo procedió a convalidar la nómina de beneficiarios aprobados.
Que, históricamente, el desembolso y pago efectivo de las mencionadas becas estudiantiles se efectiviza de manera regular durante los meses de abril o, como fecha límite, en el transcurso de los primeros días del mes de mayo, de cada ejercicio presupuestario.
Que, a la fecha del presente proyecto, adentrándonos ya en el mes de junio y promediando la mitad del año en curso, el Departamento Ejecutivo aún no ha hecho efectivo el pago a ninguno de los estudiantes formalmente aprobados y adjudicatarios del beneficio.
Que el contexto económico actual, caracterizado por una marcada pérdida del poder adquisitivo, el constante incremento en el costo de vida, y los severos aumentos en materia de transporte, material de estudio y residencia, genera una situación de extrema vulnerabilidad para las familias de los estudiantes del Distrito.
Que este retraso injustificado desnaturaliza por completo el carácter estrictamente alimentario, asistencial y de fomento que poseen las becas otorgadas, las cuales están
destinadas a cubrir erogaciones corrientes e indispensables para la continuidad pedagógica diaria.
Que la evidente falta de previsión, celeridad y ocupación prioritaria en la materia por
parte de las autoridades del Ejecutivo Municipal coloca a los alumnos y alumnas en un
escenario de incertidumbre económica extrema, llegando en muchos casos a poner en riesgo su continuidad en las aulas por carecer de los recursos mínimos garantizados por la ordenanza de becas.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la Secretaría de Hacienda y de la Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario, proceda de manera inmediata e impostergable a realizar el pago y liquidación efectiva de las Becas Municipales Edición 2026 correspondientes al listado de aspirantes aprobados en el marco del Expediente N° 97583/2026.
ARTÍCULO 2°: Requiérase al Departamento Ejecutivo que informe por escrito a este Cuerpo, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles de recibida la presente, los motivos técnicos, administrativos o presupuestarios por los cuales se ha producido la inusual dilación en el pago del beneficio, habiéndose superado ampliamente los plazos habituales de los meses de abril y mayo.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 53/2026
FABIO J ROJAS JULIO COUDERC
SECRETARIO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ