Solicitud Cámara de Comercio – contenedores plásticos
CORRESPONDE A EXPTE 10131/2026
VISTO:
La solicitud efectuada por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Turismo de Pigüé, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud efectuada por la entidad requiere la intervención de este Concejo Deliberante para que se aplique correctamente lo establecido por el artículo 116 de la Ordenanza Fiscal 7578.
Que el citado artículo establece la exención en el pago de la tasa por servicios especiales de limpieza e higiene para aquellos contribuyentes de la tasa de seguridad e higiene.
Que atento a que la aplicación de la normativa vigente en materia de tasas y exenciones corresponde de manera exclusiva al Departamento Ejecutivo, corresponde la remisión de la nota ingresada, sin perjuicio de las eventuales iniciativas legislativas que pudieran originarse en este Cuerpo Deliberativo.
Por ello, la Comisión de Interpretación y reglamento, en uso de sus facultades, propone para su aprobación el siguiente:
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal la nota ingresada por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Turismo de Pigüé.
ARTÍCULO 2º: Solicítase al Departamento Ejecutivo que informe a este Cuerpo las medidas adoptadas ante lo peticionado por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Turismo de Pigüé.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 105/2026
FABIO J ROJAS JULIO COUDERC
SECRETARIO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ