Solicitud de mejoras en basurero a cielo abierto de Saavedra
2026 – Año Internacional de la Mujer Agricultora
CORRESPONDE A EXPTE 10115/2026
VISTO:
La Ley Nacional N° 25.916, la Ley Provincial No 13.592; la Ordenanza No 6922/2020, el gran problema socio ambiental y sanitario que representan los basurales a cielo abierto; y
CONSIDERANDO:
Que la adecuada gestión de los residuos sólidos urbanos constituye una obligación indelegable del Estado municipal, en resguardo de la salud pública, el ambiente y la calidad de vida de los vecinos.
Que los basureros a cielo abierto generan contaminación del suelo, del agua y del aire, favorece la proliferación de vectores de enfermedades, incrementa el riesgo de incendios y deteriora el paisaje urbano y rural.
Que la Ley Nacional No 25.916 y la Ley Provincial No 13.592 establecen los principios de la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, promoviendo la reducción, reutilización, reciclado y disposición final ambientalmente adecuada de los residuos.
Que resulta necesario fortalecer las acciones de prevención, control, limpieza y recuperación, bregando por políticas permanentes de saneamiento, infraestructura adecuada, educación ambiental y control.
Que la Ordenanza 6922/2020, en el Capítulo VI, artículo 17, establece el ordenamiento de los basureros existentes a los fines de minimizar sus impactos negativos, avanzar en políticas integrales dirigidas a su reducción y saneamiento.
Que los vecinos de la localidad de Saavedra sostienen desde hace tiempo distintos reclamos por el estado del basurero a cielo abierto de la localidad de Saavedra.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°: Solicítase al Departamento Ejecutivo que dé cumplimiento a la normativa vigente para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos en la localidad de Saavedra.
ARTÍCULO 2°: Solicítase al Departamento Ejecutivo que proceda a la limpieza, ordenamiento y saneamiento del basurero de la localidad de Saavedra.
ARTÍCULO 3°: Solicítase al Departamento Ejecutivo que implemente campañas de educación y concientización ambiental dirigidas a vecinos, instituciones y comercios.
ARTÍCULO 4°: Solicítase al Departamento Ejecutivo que informe a este Honorable Concejo Deliberante las acciones previstas y el estado de avance de las medidas adoptadas para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Comunicación.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 83/2026
FABIO J ROJAS JULIO COUDERC
SECRETARIO PRESIDENTE
H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ H.C.D. SAAVEDRA-PIGÜÉ