Corresponde a Expte. Nº: 56.801/97
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º: Aceptase la renuncia presentada por el Señor Mario A. Sica a la vivienda Nº 86 del Plan Solidaridad, Partida Nº 75282.
Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a reintegrar al Sr. Mario A. Sica, la suma de Pesos Tres Mil Setecientos ($3.700), correspondiente a las 37 cuotas abonadas desde la entrega de la vivienda y mientras ocupo la misma, considerando a razón de Pesos Cien ($100) mensuales, debido a la diferencia entre la cuota abonada por el Sr. Mario A. Sica.
Artículo 3º: Se reintegrara además al Sr. Mario A. Sica, el importe abonado en concepto de cuota integración, terreno y obras de infraestructura, previa deducción de la deuda que registra a la fecha de desocupación de la vivienda en cuestión.
Artículo 4º: El importe total a reintegrar que resulte por aplicación de los Artículos 1º y 2º de la presente, será abonado por el Municipio de la siguiente forma: Pesos Un Mil Cuatrocientos Setenta ($1.470) e el primer mes y el saldo en cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Doscientos ochenta ($280), pagaderas del 15 al 20 de cada mes.-
Artículo 5º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.-
ORDENANZA Nº:3985/97.