Autorizando enajenación de 3 lotes en Espartillar
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Corresponde a Expte.nº:59117/98.-  

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a enajenar los siguientes inmuebles propiedad municipal designados catastralmente como :

Circunscripción III – Sección B – Manzana 7 – Parc.1 a – Partida 4617 – Espartillar.-

Circunscripción III – Sección  B – Manzana 7 – Parc.2 a – Partida

4618 – Espartillar.-

Circunscripción III –   Sección B –  Manzana 7 – Parc.3 a – Partida

4619 –  Espartillar.-

Artículo 2º: La enajenación autorizada por el artículo 1º) se hará teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 159º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 3º:  Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE  DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, EN PIGUE, A  QUINCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-                                         

ORDENANZA Nº:4285/98.-