Corresponde a Expte.nº:59271/98.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de SAAVEDRA
Artículo 1º:Apruébase el Convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo en adhesión al Sistema de Círculos de Compra del programa de Asistencia a los Servicios Públicos Municipales –empresa Comunitaria, aprobado por Decreto nº4000/96 y organizado por el Ministerio de Gobierno y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se implementa la adquisición de maquinarias y equipamiento.-
Artículo 2º:La cuota que se pagará, será liquidada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en función del precio de los elementos adquiridos y conforme al anexo del convenio.-
Artículo 3º:El Banco Provincia de Buenos Aires será el encargado del pago a la Empresa adjudicataria.-
Artículo 4º:Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar los créditos presupuestarios de ejercicios futuros en los términos del artículo nº273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debiendo efectuar las pertinentes reservas en el momento que corresponda.-
Artículo 5º: -Cúmplase, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGUE, A DIECISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-
ORDENANZA Nº:4319/99.-