Se modifica el articulo 1º de la Ordenanza Nº 2588/90
image_print

Corresponde a Expte. Nº 61.784/00.-

VISTO:

La nota presentada por los señores Gustavo Locastro y José María García y el informe de la secretaria de Obras y Servicios Públicos; y:

CONSIDERANDO:

Lo establecido por la Ordenanza Nº 2588/99

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 2588/90, el cual quedara redactado de la siguiente manera: Artículo 1º: Declarase de utilidad pública y pago obligatorio por los vecinos frentistas, la obra ampliación de la red cloacal en Pigüé, en calle Namuncura, entre Conesa y Paunero, vereda este.-

Artículo 2º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, EN PIGÜÉ, A CINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL.- 

ORDENANZA  Nº 4477/00.