Eximiendo pago de tasa municipal.
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Corresponde a Expte. Nº 61.312/00.- 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAAVEDRA-PIGUE, ELEVA PARA SU CONSIDERACION EL SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Articulo 1º:  Exímase del pago de la Tasa por “Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial” por el año 2000, al inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Parcela 322 F, Partida Nº 4176, perteneciente al Arzobispado de bahía Blanca (Ermita de Nuestra Señora de Lujan de la Sierra).-

Artículo 2º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, A CINCO  DÍAS  DEL  MES  DE  JULIO DEL AÑO DOS MIL.-                                         

ORDENANZA Nº:4518/00.-