Estableciendo circulación calle en Saavedra
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Corresponde a Expte. nº4822/00.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de SAAVEDRA

Artículo 1º: Establéscase la circulación de doble mano en calle Tte. Irigoin, del 0 al 100, de la Localidad de Saavedra.-

Artículo 2º: Establéscase el estacionamiento en dicha arteria entre el 0 al 200 sobre vereda par.-

Artículo 3º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA  DE SESIONES DEL HONORABLE    CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, A CUATRO DÍAS  DEL  MES  DE  OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL.-                                         

ORDENANZA Nº:4551/00.-