Exceptuando pago tasa Marcas y Señales.
image_print

Corresponde a Expte. Nº 5.177/01.-

VISTO:

La situación que se encuentra n productores de nuestro Distrito a raíz de la condición climáticas reinantes y ;

CONSIDERANDO:

Que algunos de ellos han visto afectada la gran parte de la superficie de su propiedad por el avance de las aguas , con gran daños que ocasiona esta situación para la explotación agropecuaria y el consiguiente deterioro económico  a sus propietarios.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA

Artículo 1º: Exceptuar del pago de las Tasas de Marcas y Señales y Red  vial a aquellos productores de nuestro distrito que se encuentran en condición de Desastre Agropecuario , con la correspondiente resolución aprobada por la Comisión de Emergencia Agropecuaria Provincial , por el periodo de tiempo establecido en la resolución Nº178.-

Artículo 2º: Cúmplase, Regístrese y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE    CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE  SAAVEDRA, A DOCE DÍAS  DEL  MES  DE  DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.-                                         

ORDENANZA Nº 4.722 /01 .-