Corresponde a Expte. Nº 64568/02.-
VISTO:
La solicitud presentada por el Sr. CARLOS ALBERTO GARCIA, con respecto a un lote en el Sector Industrial Planificado de Saavedra para la puesta en marcha de un corralón dedicado a la venta de leña, arena, ladrillos, piedra, etc.
CONSIDERANDO:
Que es factible hacer lugar a lo solicitado, dentro de los objetivos de creación del S.I.P. de Saaverdra.-
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta al Sr. CARLOS ALBERTO GARCIA, D.N.I.Nº 12.495.470, con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 154 de la ciudad de Saavedra, de un lote en Sector Industrial Planificado de Saavedra, cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circunscripción XII, Fracción III, Parcela 1, con dimensiones de 40 x 50 mts. (2.000 m2) con destino a la instalación de un corralón dedicado a la venta de leña, arena, ladrillos, piedra, etc.
ARTICULO 2º: A partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, se dispondrán de 30 días corridos para la firma del correspondiente contrato de compraventa entre la Municipalidad y el Comprador.- El incumplimiento del plazo fijado en el párrafo anterior dará derecho a la Municipalidad a declarar rescindida unilateralemente la venta.-
ARTICULO 3º: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.
ORDENANZA Nº: 4857/02