Se autoriza contratacion directa.
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Corresponde a Expte. Nº 65007/03

VISTO:

Que habiéndose realizado dos concursos de precios para la adquisición de materiales, contratación de equipos, mano de obra, y ejecución de los tranbajos para realizar el pozo de bombeo de agua potable Nº 8 para la ciudad de Pigúé, en los cuales en el primero se recibió una única oferta que no resultaba conveniente y en el segundo llamado no se recibieron ofertas y:

CONSIDERANDO:

Lo establecido por el Art. 56 Inc. 5º de la Ley Orgánica de la Municipalidades;

POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Para el Partido de Saavedra

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a contratar en forma directa la mano de obra para la ejecución del pozo de agua Nº 8, a la oferta que reúna las mejores condiciones económicas y técnicas.-

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS DIECISEIS  DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRES.

ORDENANZA Nº: 4905/03