CORRESPONDE A EXPTE. Nº 59.205/98.-
POR ELLO; EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Para el Partido de Saavedra
ARTÍCULO 1º: Autorízase a escriturar el inmueble ubicado en Circunscripción II – Sección F- Chacra 159 – Fracción I – Parcela 7 a y 8 a del Sector Industrial Planificado de Pigüé. A favor de los Herederos de Miguel Angel Arroyo, su esposa Teresita Raquel Crozes y sus hijos María Julia Arroyo y Francisco Arroyo.-
ARTÍCULO 2: Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
ORDENANZA Nº 5227/05